Impacto de la celeridad procesal en el derecho a la defensa en el procedimiento expedito
Palabras clave:
Procedimiento expedito; celeridad procesal; derecho a la defensa; debido proceso; tutela judicial efectivaResumen
Introducción: El artículo examina la tensión entre celeridad procesal y derecho a la defensa en el procedimiento expedito con pena privativa de libertad, regulado en el Código Orgánico Integral Penal (COIP). La justificación surge de audiencias instaladas sin acusador técnico o procurador judicial, práctica que desbalancea el contradictorio y expone a indefensión. La investigación se guía por la pregunta: ¿en qué medida la aplicación del procedimiento expedito afecta el derecho a la defensa en el sistema procesal penal ecuatoriano? El objetivo general fue fundamentar una reforma normativa que preserve eficiencia sin sacrificar garantías.
Materiales y métodos: Con enfoque cualitativo, alcance descriptivo-explicativo-propositivo y diseño no experimental transversal, se aplicaron métodos hermenéutico, exegético, analítico-sintético, observacional y de derecho comparado. Resultados y discución: Los resultados evidencian déficit de contradicción, inmediación y defensa técnica cuando falta el acusador institucional. Se propone reformar el artículo 645 del COIP para exigir la presencia obligatoria del acusador técnico y del defensor, prever diferimiento breve por ausencia justificada y motivación reforzada. La validación comparada (España, Argentina y Chile) confirma viabilidad y estándar de “justicia rápida con garantías”.
Conclusiones: Se concluye que la celeridad solo es legítima dentro de un marco garantista con control judicial efectivo.
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