El derecho a la educación durante la ejecución institucionalizada de la sanción privativa de libertad
Palabras clave:
Educación, reclusos, reinserción social, sistema penitenciarioResumen
Introducción: Es consenso internacional que la educación constituye un derecho de todas las personas y que ni siquiera en condiciones de encarcelamiento este debe ser limitado. Cuba como parte activa de este encargo internacional ha diseñado un conjunto de programas, tareas y estrategias para garantizar la materialización del derecho a la educación de los reclusos, venciendo las complejas realidades que se presentan para educar en condiciones de encierro y lograr un comportamiento adecuado para vivir en libertad, tarea que a todas luces se muestra con una elevada complejidad por las condiciones de encierro en que esta se cumple. Este artículo tiene como objetivo: Dimensionar la importancia de la educación de los reclusos como expresión del principio de igualdad, en cumplimiento del mandato constitucional y como vía para el logro de mejores resultados en la reinserción social. Materiales y métodos: Importante resultó para el desarrollo de la investigación realizar una exhaustiva revisión bibliográfica actualizada, seleccionando como campos para ello la Teoría de la Educación y el derecho a la educación en los establecimientos penitenciarios, empleando para ello los diferentes sistemas de búsquedas existentes en Cuba. Se revisaron artículos, estudios monográficos, libros, tanto en existencia física como digital, revistas especializadas y sitios de internet, tanto dedicados a los estudios pedagógicos como de Derecho. Resultados: La lucha por la humanización de las penas, con independencia de la naturaleza de estas constituye hoy uno de los mayores desafíos para el derecho penal, no sólo para aquellos que las normas identifican como sujetos de determinadas relaciones jurídicas, sino para toda la comunidad, para la sociedad en su conjunto. Los debates en esta temática se centran esencialmente en temas estrechamente vinculados con la protección de los derechos humanos y con el cumplimiento del mandato constitucional en tal sentido, que en el caso de Cuba a partir del año 2019 se dimensiona de manera especial con la promulgación de la nueva Constitución de la República de Cuba. Discusión: Si bien en la actualidad se han actualizado las normativas especiales para el tratamiento penitenciario y la actividad que en sus instituciones se desarrollan, no ha sucedido lo mismo con las normativas que rigen para estos casos en los Ministerio de Educación y de Educación Superior, las que aún no se encuentran a tono con las profundas transformaciones realizadas en materia penal y que en ocasiones pueden limitar el derecho a la educación de determinados reclusos, todo lo cual habla de afectaciones al principio de igualdad para el cumplimiento de este importante derecho en la resocialización. Conclusiones: Este trabajo defiende la importancia de la educación en los centros penitenciarios para así poder preparar a estas personas a desarrollar sus habilidades para el mundo exterior a raíz de una reeducación que favorezca las posibilidades de reinserción.
Citas
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