Maestro y Sociedad e-ISSN 1815-4867

Volumen 23 Número 2 Año 2026

Artículo original

La Ley de Comunicación Social y la Gestión de la Comunicación Interna y Externa de las instituciones

The Social Communication Law and the Management of Internal and External Institutional Communication

A Lei de Comunicação Social e a Gestão da Comunicação Interna e Externa das instituições

Lesyani Paz Hernández *, https://orcid.org/0009-0009-3823-3508

MSc. Norka Cabrera Rodriguez, https://orcid.org/0000-0002-5616-566X

Ing. Kirenia Galindo Ávila, https:// orcid.org/0009-0008-3772-3575

Universidad de Oriente, Cuba

*Autor para correspondencia. email pazhernandezlesyani@gmail.com

Para citar este artículo: Paz Hernández, L., Cabrera Rodriguez, N. y Galindo Ávila, K. (2026). La Ley de Comunicación Social y la Gestión de la Comunicación Interna y Externa de las instituciones. Maestro y Sociedad, 23(2), 2114-2120. https://maestroysociedad.uo.edu.cu

RESUMEN

Introducción: La Ley No. 162 de Comunicación Social, aprobada en Cuba en 2023, constituye un hito en la institucionalización de la comunicación como derecho ciudadano y como proceso sociocultural estratégico. Su alcance trasciende lo jurídico, pues regula la gestión de la comunicación interna y externa en instituciones públicas y privadas, garantizando transparencia, participación y responsabilidad social. Materiales y métodos: El estudio se desarrolló bajo un enfoque cualitativo, documental y teórico. Se revisaron textos legales, literatura académica y aportes de autores clásicos y contemporáneos como Shannon, Berlo, McQuail, Jenkins, Freire, Waisbord y Giddens. Se aplicó análisis de contenido para identificar categorías centrales: transparencia, participación y construcción de significados colectivos, vinculando la normativa con modelos teóricos de la comunicación. Discusión: Los resultados evidencian que la ley fortalece la cohesión organizacional mediante la comunicación interna y legitima la responsabilidad social de las instituciones en la comunicación externa. Comparada con teorías clásicas y modernas, la normativa refleja la reducción del ruido (Shannon y Weaver), la importancia de actitudes y conocimientos (Berlo), el rol social del comunicador (McQuail), la convergencia cultural (Jenkins), el diálogo crítico (Freire), la legitimidad científica (Waisbord) y la conexión local-global (Giddens). Conclusiones: La Ley de Comunicación Social no es solo un instrumento jurídico, sino un proceso integral que regula, educa y transforma. Su aplicación práctica en campañas de salud, educación y medio ambiente demuestra que la comunicación es herramienta para la acción profesional y la construcción de ciudadanía crítica en la sociedad cubana contemporánea.

Palabras clave: Comunicación Social, Ley 162, gestión institucional, comunicación interna, comunicación externa.

ABSTRACT

Introduction: Law No. 162 on Social Communication, enacted in Cuba in 2023, represents a milestone in institutionalizing communication as both a citizen’s right and a sociocultural process. Its scope goes beyond legal regulation, as it addresses the management of internal and external communication within public and private institutions, ensuring transparency, participation, and social responsibility. Materials and Methods: This study adopted a qualitative, documentary, and theoretical approach. Legal texts, academic literature, and contributions from classical and contemporary authors such as Shannon, Berlo, McQuail, Jenkins, Freire, Waisbord, and Giddens were reviewed. Content analysis was applied to identify key categories—transparency, participation, and collective meaning-making—linking the law to communication theories. Discussion: Findings indicate that the law strengthens organizational cohesion through internal communication and legitimizes institutional social responsibility in external communication. When compared with theoretical models, the law reflects noise reduction (Shannon & Weaver), the importance of attitudes and knowledge (Berlo), the social role of communicators (McQuail), cultural convergence (Jenkins), dialogical approaches (Freire), scientific legitimacy (Waisbord), and local-global connections (Giddens). Conclusions: Law No. 162 is not merely a legal instrument but an integral sociocultural process that regulates, educates, and transforms. Its practical application in health, education, and environmental campaigns demonstrates that communication is a tool for professional action and citizenship building in contemporary Cuban society.

Keywords: Social Communication, Law 162, institutional management, internal communication, external communication.

RESUMO

Introdução: A Lei nº 162 de Comunicação Social, aprovada em Cuba em 2023, representa um marco na institucionalização da comunicação como direito do cidadão e como processo sociocultural estratégico. Seu alcance vai além do aspecto jurídico, pois regula a gestão da comunicação interna e externa em instituições públicas e privadas, garantindo transparência, participação e responsabilidade social. Materiais e Métodos: O estudo foi desenvolvido com abordagem qualitativa, documental e teórica. Foram revisados textos legais, literatura acadêmica e contribuições de autores clássicos e contemporâneos como Shannon, Berlo, McQuail, Jenkins, Freire, Waisbord e Giddens. Aplicou-se análise de conteúdo para identificar categorias centrais: transparência, participação e construção de significados coletivos, relacionando a normativa com modelos teóricos da comunicação. Discussão: Os resultados mostram que a lei fortalece a coesão organizacional por meio da comunicação interna e legitima a responsabilidade social das instituições na comunicação externa. Comparada com teorias clássicas e modernas, a normativa reflete a redução do ruído (Shannon & Weaver), a importância das atitudes e conhecimentos (Berlo), o papel social do comunicador (McQuail), a convergência cultural (Jenkins), o diálogo crítico (Freire), a legitimidade científica (Waisbord) e a conexão local-global (Giddens). Conclusões: A Lei nº 162 não é apenas um instrumento jurídico, mas um processo sociocultural integral que regula, educa e transforma. Sua aplicação prática em campanhas de saúde, educação e meio ambiente demonstra que a comunicação é uma ferramenta para a ação profissional e para a construção da cidadania crítica na sociedade cubana contemporânea.

Palavras-chave: Comunicação Social, Lei 162, gestão institucional, comunicação interna, comunicação externa.

Recibido: 5/2/2026 Aprobado: 28/3/2026

Introducción

La comunicación, entendida como fenómeno social, ha acompañado al ser humano desde sus orígenes, constituyéndose en un elemento esencial para la organización de la vida colectiva. No se trata únicamente de transmitir información, sino de construir significados, compartir experiencias y generar consensos que permiten la cohesión social. En el contexto contemporáneo, caracterizado por la globalización, la digitalización y la convergencia de medios, la comunicación adquiere una relevancia aún mayor al convertirse en un espacio de interacción donde se negocian identidades, se interpretan realidades y se configuran proyectos colectivos.

En Cuba, la promulgación de la Ley de Comunicación Social representa un paso trascendental en la institucionalización de este proceso. La normativa reconoce la comunicación como un derecho ciudadano y como un recurso estratégico para el desarrollo social, político y cultural. Su importancia radica en que establece un marco regulador que garantiza la transparencia, la veracidad y la participación activa de la población en los procesos comunicativos. De esta manera, la ley no solo regula la práctica profesional de los comunicadores, sino que también legitima la comunicación como un proceso sociocultural que contribuye a la construcción de ciudadanía y a la interpretación crítica de la realidad.

La necesidad de contar con una legislación en materia de comunicación responde a los desafíos que enfrenta la sociedad actual. La proliferación de medios digitales, la circulación acelerada de información y la aparición de fenómenos como la desinformación y las noticias falsas, exigen un marco normativo que asegure la calidad y la responsabilidad de los mensajes. En este sentido, la Ley de Comunicación Social se convierte en una herramienta para garantizar que la información que circula en el espacio público sea veraz, oportuna y accesible, contribuyendo así a la formación de ciudadanos críticos y conscientes.

Desde una perspectiva teórica, la comunicación ha sido estudiada por diversos autores que aportan marcos de referencia útiles para comprender la importancia de esta ley. Shannon y Weaver (1949) destacan la necesidad de reducir el “ruido” en los procesos comunicativos para asegurar la claridad del mensaje; Berlo (1960) enfatiza la influencia de las actitudes, conocimientos y habilidades de emisores y receptores; McQuail (2010) subraya el rol social del comunicador en la comunicación de masas; Jenkins (2006) introduce la noción de convergencia cultural, donde los medios tradicionales y digitales se entrelazan y las audiencias participan activamente; Freire (1970) concibe la comunicación como diálogo y construcción crítica de la realidad; Waisbord (2004) legitima la comunicación como disciplina científica; y Giddens (1990) analiza su papel en la modernidad y en la organización social.

Este artículo se propone analizar la Ley de Comunicación Social como un proceso sociocultural de intercambio, información e interpretación de la realidad, vinculando su contenido con los aportes teóricos mencionados. El objetivo es demostrar que la comunicación, más allá de ser un acto técnico, constituye un espacio de construcción colectiva que influye en la manera en que los ciudadanos comprenden y transforman su entorno.

La pregunta que guía esta investigación es: ¿de qué manera la Ley de Comunicación Social fortalece la construcción de ciudadanía y la participación social en el contexto cubano contemporáneo? Para responderla, se emplea una metodología cualitativa basada en revisión documental y análisis teórico, que permite identificar las categorías centrales de la ley y relacionarlas con los marcos conceptuales de la comunicación.

En síntesis, la introducción plantea que la Ley de Comunicación Social no debe ser entendida únicamente como un instrumento jurídico, sino como un marco que legitima la comunicación como proceso sociocultural. Su análisis desde la teoría de la comunicación permite comprender su alcance y relevancia en la construcción de una sociedad más democrática, participativa y crítica. Además, la elaboración de este artículo es parte del resultado de la tesis de doctorado "Formación investigativa del estudiante universitario en gestión de publicación en revista científicas" de la investigadora Lidia de las Mercedes Ferrer Tellez.

MATERIALES Y MÉTODOS

El presente estudio se enmarca en un enfoque cualitativo y documental, orientado a comprender el impacto de la Ley No. 162 de Comunicación Social en la gestión institucional. Se privilegió el análisis interpretativo, dado que el objetivo no fue medir variables cuantitativas, sino explorar significados, relaciones y prácticas comunicativas en el contexto cubano.

Se empleó un diseño exploratorio-descriptivo, que permitió identificar categorías centrales de análisis y vincularlas con teorías clásicas y contemporáneas de la comunicación. El carácter exploratorio responde a la novedad de la normativa, promulgada en 2023, mientras que el componente descriptivo se orientó a sistematizar cómo la ley regula la comunicación interna y externa de las instituciones.

Para la realización de esta investigación se emplearon los métodos análisis documental y sintético-analítico.

Fuentes de información:

Técnicas de análisis

Se aplicó la técnica de análisis de contenido, que permitió identificar categorías como:

Comunicación interna: transparencia, flujos de información, cohesión organizacional.

El análisis se realizó en tres fases:

1. Revisión documental: recopilación y sistematización de textos legales y académicos.

2. Codificación temática: identificación de categorías y subcategorías vinculadas a la gestión comunicacional.

3. Interpretación teórica: vinculación de hallazgos con modelos de comunicación y propuestas de acción académica.

Procedimiento:

RESULTADOS

El análisis de la Ley No. 162 de Comunicación Social y su aplicación en la gestión institucional permite identificar hallazgos relevantes en dos dimensiones fundamentales: la comunicación interna y la comunicación externa. Ambas se articulan como procesos socioculturales que garantizan transparencia, participación y construcción de significados colectivos.

Comunicación interna en instituciones

La comunicación interna se refiere al flujo de información dentro de las organizaciones, entre directivos, trabajadores y equipos de trabajo. La Ley de Comunicación Social establece principios que obligan a las instituciones a garantizar procesos comunicativos claros, veraces y participativos.

Comunicación externa en instituciones

La comunicación externa se refiere a la relación de las instituciones con la ciudadanía y con otros actores sociales. La Ley de Comunicación Social regula la responsabilidad de las organizaciones en la difusión de información pública, asegurando que los mensajes transmitidos respondan a criterios de veracidad y responsabilidad social.

Impacto sociocultural de la Ley en la gestión institucional

La Ley de Comunicación Social legitima la comunicación como herramienta de construcción de significados colectivos. Esto implica que las instituciones no solo transmiten información, sino que contribuyen a la formación de ciudadanía crítica y consciente.

A partir de los hallazgos del estudio, se proponen las siguientes líneas de acción para fortalecer la formación académica y profesional de la carrera de Comunicación Social en la Facultad de Humanidades:

Actualización curricular

o Incluir asignaturas sobre comunicación institucional, gestión interna y externa, y legislación comunicacional.

o Incorporar estudios de caso sobre la aplicación de la Ley de Comunicación Social en instituciones cubanas.

Investigación aplicada

o Promover proyectos de investigación sobre el impacto de la ley en sectores clave (educación, salud, cultura).

o Incentivar publicaciones científicas que analicen la gestión comunicacional en instituciones públicas y privadas.

Vinculación profesional

o Establecer convenios con organismos estatales y medios de comunicación para prácticas profesionales.

o Desarrollar talleres de producción de contenidos digitales con enfoque en transparencia y responsabilidad social.

Extensión sociocultural

o Impulsar proyectos comunitarios donde los estudiantes actúen como mediadores en procesos de comunicación institucional.

o Aplicar metodologías participativas inspiradas en Paulo Freire para fomentar el diálogo crítico con comunidades.

Internacionalización y actualización permanente

o Crear redes académicas con universidades latinoamericanas que investiguen comunicación institucional y legislación.

o Organizar congresos y jornadas científicas sobre comunicación social y políticas públicas.

o Garantizar acceso a bibliografía actualizada y bases de datos internacionales.

Los hallazgos demuestran que la Ley de Comunicación Social impacta directamente en la gestión interna y externa de las instituciones, fortaleciendo la transparencia, la participación y la construcción crítica de la realidad. Asimismo, la carrera de Comunicación Social en la Facultad de Humanidades debe actualizarse para formar profesionales capaces de aplicar la normativa en contextos institucionales, integrando teoría, práctica e investigación.

DISCUSIÓN

El análisis de la Ley No. 162 de Comunicación Social en Cuba revela que la normativa no solo regula la práctica comunicativa, sino que la concibe como un proceso sociocultural integral que articula la gestión interna y externa de las instituciones. Para comprender su alcance, resulta necesario vincular estos hallazgos con los principales modelos teóricos de la comunicación, lo que permite situar la ley en un marco científico y académico más amplio.

1. Shannon y Weaver (1949): reducción del ruido en la comunicación institucional

El modelo matemático de Shannon y Weaver subraya la importancia de garantizar que el mensaje llegue al receptor con la menor distorsión posible. En el contexto institucional, la Ley de Comunicación Social busca reducir el “ruido” generado por rumores, desinformación o saturación informativa. En la comunicación interna, esto se traduce en la obligación de establecer canales claros y eficientes entre directivos y trabajadores. En la comunicación externa, implica que las instituciones deben garantizar mensajes veraces y transparentes hacia la ciudadanía.

2. Berlo (1960): actitudes y conocimientos en la gestión comunicacional

El modelo SMCR de Berlo enfatiza que la comunicación depende de las habilidades, actitudes y conocimientos de emisores y receptores. La ley reconoce esta dimensión al promover procesos educativos que fortalezcan la capacidad crítica de los públicos internos y externos. En la práctica, esto significa que los trabajadores deben estar capacitados para interpretar y transmitir información de manera responsable, mientras que los ciudadanos deben contar con competencias para evaluar los mensajes institucionales.

3. McQuail (2010): rol social del comunicador en instituciones

McQuail plantea que la comunicación de masas está condicionada por factores sociales y culturales, y que el comunicador cumple un rol social fundamental. La Ley de Comunicación Social legitima este papel en el ámbito institucional, al reconocer que los comunicadores no solo transmiten información, sino que también educan, influyen y construyen significados colectivos. En la gestión externa, esto se refleja en campañas públicas que buscan transformar hábitos sociales, como las relacionadas con salud y medio ambiente.

4. Jenkins (2006): convergencia cultural y participación ciudadana

La cultura de convergencia descrita por Jenkins se manifiesta en la coexistencia de medios tradicionales y digitales, así como en la participación activa de las audiencias. La Ley de Comunicación Social incorpora esta perspectiva al regular la interacción en plataformas digitales y al promover la participación ciudadana en los procesos comunicativos. En instituciones, esto se traduce en la necesidad de integrar redes sociales y medios digitales en la gestión externa, fomentando la transparencia y el diálogo con la ciudadanía.

5. Freire (1970): comunicación como diálogo crítico

La perspectiva freireana resulta esencial para comprender la dimensión educativa de la ley. La comunicación institucional no se concibe como un proceso unilateral, sino como un espacio de diálogo donde se construye conocimiento de manera colectiva. Esto implica que las instituciones deben fomentar la participación activa de sus públicos internos y externos, promoviendo la conciencia crítica y el cuestionamiento de la realidad. En la práctica, programas de extensión universitaria y proyectos comunitarios reflejan este enfoque dialógico.

6. Waisbord (2004): legitimidad científica de la comunicación

Waisbord legitima la comunicación como disciplina científica con métodos y teorías propias. La Ley de Comunicación Social se vincula con esta perspectiva al convertirse en objeto de estudio académico y en campo de investigación aplicada. La gestión institucional regulada por la ley ofrece insumos para analizar procesos, efectos y estructuras comunicativas, fortaleciendo la formación científica en la carrera de Comunicación Social.

7. Giddens (1990): comunicación, modernidad y globalización

Finalmente, Giddens destaca el papel de la comunicación en la organización social y en la modernidad. La Ley de Comunicación Social refleja esta influencia al establecer mecanismos que conectan lo local con lo global. En la gestión externa, las instituciones deben comunicar de manera que se inserten en un mundo interconectado, sin perder de vista la identidad nacional. Esto implica un equilibrio entre la apertura a la globalización y la preservación de valores culturales propios.

La vinculación de la Ley de Comunicación Social con los modelos teóricos evidencia que la normativa no es un simple instrumento jurídico, sino que se fundamenta en principios científicos y académicos. Shannon y Weaver aportan la claridad técnica; Berlo, la dimensión educativa; McQuail y Jenkins, la perspectiva social y participativa; Freire, el carácter dialógico; Waisbord, la legitimidad científica; y Giddens, la conexión con la modernidad.

En conjunto, estos enfoques permiten comprender que la ley regula un proceso complejo que articula la gestión interna y externa de las instituciones, fortaleciendo la transparencia, la participación y la construcción crítica de la realidad. Asimismo, la carrera de Comunicación Social debe actualizarse para formar profesionales capaces de aplicar estos principios en contextos institucionales, integrando teoría, práctica e investigación.

CONCLUSIONES

El estudio realizado sobre la Ley No. 162 de Comunicación Social y su impacto en la gestión institucional permite afirmar que esta normativa constituye un instrumento esencial para garantizar la transparencia, la participación y la construcción crítica de la realidad en Cuba. La ley no debe ser entendida únicamente como un marco jurídico, sino como un proceso sociocultural integral que regula, educa y transforma la manera en que las instituciones se relacionan tanto con sus públicos internos como con la ciudadanía en general.

En el ámbito de la comunicación interna, la ley fortalece la cohesión organizacional al promover flujos de información claros y veraces entre directivos, trabajadores y equipos de trabajo. Este aspecto resulta crucial para evitar la fragmentación informativa y para consolidar una cultura institucional basada en la confianza y la participación activa. La comunicación interna, regulada por la normativa, se convierte en un mecanismo de gestión que favorece la eficiencia y la motivación de los actores involucrados.

En cuanto a la comunicación externa, la ley garantiza que las instituciones actúen con responsabilidad social en su relación con la ciudadanía. La transparencia en la difusión de mensajes fortalece la confianza pública y legitima el papel de las organizaciones como mediadoras en la construcción de significados colectivos. La gestión externa, en este sentido, no se limita a informar, sino que busca educar, influir y transformar hábitos sociales, contribuyendo a la cohesión y al desarrollo comunitario.

Desde una perspectiva teórica, la Ley de Comunicación Social se articula con los modelos clásicos y contemporáneos de la comunicación. Shannon y Weaver aportan la claridad técnica; Berlo enfatiza la importancia de actitudes y conocimientos; McQuail y Jenkins destacan la dimensión social y participativa; Freire subraya el carácter dialógico y educativo; Waisbord legitima la comunicación como disciplina científica; y Giddens analiza su papel en la modernidad y la globalización. Esta convergencia teórica demuestra que la normativa se fundamenta en principios académicos sólidos, lo que le otorga legitimidad científica y pertinencia social.

A partir de los hallazgos, se concluye que la carrera de Comunicación Social en la Facultad de Humanidades debe actualizarse para responder a los retos contemporáneos. Es necesario incorporar asignaturas sobre comunicación institucional y legislación comunicacional, promover la investigación aplicada, establecer convenios para prácticas profesionales, impulsar proyectos comunitarios y fomentar la internacionalización académica. Estas líneas de acción permitirán formar profesionales capaces de aplicar la normativa en contextos institucionales, integrando teoría, práctica e investigación.

En síntesis, la Ley de Comunicación Social representa un avance significativo en la institucionalización de la comunicación en Cuba. Su impacto en la gestión interna y externa de las instituciones demuestra que la comunicación es un proceso sociocultural que regula, educa y transforma. La carrera de Comunicación Social, al asumir estos principios, contribuirá a la formación de ciudadanos críticos y comprometidos, capaces de utilizar la comunicación como herramienta para el desarrollo democrático y cultural de la sociedad cubana contemporánea.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Asamblea Nacional del Poder Popular. (2023). Ley No. 162 de Comunicación Social. Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Berlo, D. (1960). El proceso de la comunicación. McGraw-Hill.

Consejo de Ministros. (2024a). *Decreto No. 101/2024: Reglamento de la Ley 162*. Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Consejo de Ministros. (2024b). *Decreto No. 102/2024: Publicidad y patrocinio*. Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Freire, P. (1970). Pedagogía del oprimido. Siglo XXI Editores.

Giddens, A. (1990). Las consecuencias de la modernidad. Alianza Editorial.

Grimson, A., & Rizo García, M. (2025). La dimensión afectivo-emocional en las teorías de la comunicación: vacíos y posibilidades. Perspectivas de la Comunicación, *18*. https://doi.org/10.56754/0718-4867.2025.3752

Ibáñez-Hernández, A. (2026). Relaciones públicas en la era del caos: reconfiguraciones profesionales y dilemas éticos. ZER. Revista de Estudios de Comunicación, *61*.

Instituto Cubano de la Comunicación Social (ICS). (2023). Principios y alcances de la Ley No. 162. La Habana.

Jenkins, H. (2006). Convergence Culture: Where Old and New Media Collide. New York University Press.

McQuail, D. (2010). Mass Communication Theory (6th ed.). Sage Publications.

Ministerio de Finanzas y Precios. (2024). *Resolución No. 27/2024*. Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Shannon, C., & Weaver, W. (1949). The Mathematical Theory of Communication. University of Illinois Press.

Sosa, G. (2026). Ciencias sociales y comunicación en diálogo: transformaciones y retos desde la experiencia mexicana. Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales, *71*(256). https://doi.org/10.22201/fcpys.2448492xe.2026.256.94610

Waisbord, S. (2004). Media Sociology: A Reappraisal. Media, Culture & Society, *26*(1), 25-45. https://doi.org/10.1177/0163443704039496

Conflicto de intereses

Los autores declaran no tener ningún conflicto de intereses.

Declaración de responsabilidad de autoría

Los autores del manuscrito señalado, DECLARAMOS que hemos contribuido directamente a su contenido intelectual, así como a la génesis y análisis de sus datos; por lo cual, estamos en condiciones de hacernos públicamente responsable de él y aceptamos que sus nombres figuren en la lista de autores en el orden indicado. Además, hemos cumplido los requisitos éticos de la publicación mencionada, habiendo consultado la Declaración de Ética y mala praxis en la publicación.

Lesyani Paz Hernández, MSc. José Enrique Ricardo Lazo, MSc. Norka Cabrera Rodriguez ,Ing. Kirenia Galindo Ávila: Proceso de revisión de literatura y redacción del artículo.