Maestro y Sociedad e-ISSN 1815-4867
Volumen 23 Número 1 Año 2026
Artículo original
La clínica jurídica de mediación y arbitraje en el ámbito civil y familiar: un espacio alternativo para la enseñanza del derecho en Cuba
The legal clinic for mediation and arbitration in the civil and familiy sphere: an alternative space for teaching law in Cuba
A clínica jurídica de mediação e arbitragem na esfera civil e familiar: um espaço alternativo para o ensino do Direito em Cuba
EPG. Zaimí Guerra Velázquez 1*, https://orcid.org/0000-0003-4761-6964
Dra. C. Noadis Milán Morales 2, https://orcid.org/0000-0003-0417-932X
Dr. C. Raúl José Vega Cardona 3, https://orcid.org/0000-0003-3210-9265
1 Dirección Provincial de Bufetes Colectivos de Holguín, Cuba
2, 3 Universidad de Oriente, Cuba
*Autor para correspondencia. email aimi.guerra@gmail.com
Para citar este artículo: Guerra Velázquez, Z., Milán Morales, N. y Vega Cardona, R. J. (2026). La clínica jurídica de mediación y arbitraje en el ámbito civil y familiar: un espacio alternativo para la enseñanza del derecho en Cuba. Maestro y Sociedad, 23(1), 1043-1049. https://maestroysociedad.uo.edu.cu
RESUMEN
Introducción: La Constitución cubana de 2019 reconoce el derecho de las personas a resolver controversias mediante métodos alternos de solución de conflictos, lo que ha generado transformaciones legislativas como el Código de las Familias (2022) y el Decreto-Ley No. 69 sobre Mediación (2023). Este nuevo escenario normativo demanda cambios en la enseñanza del Derecho en Cuba, superando el modelo tradicional centrado en la litigación para incorporar la formación en mediación y arbitraje. El objetivo del estudio es fundamentar una propuesta de clínica jurídica de mediación y arbitraje en el ámbito civil y familiar como método alternativo de enseñanza del Derecho. Materiales y métodos: Se empleó un enfoque de investigación empírica cualitativa, utilizando métodos teóricos (análisis-síntesis, inductivo-deductivo), empíricos (análisis documental) y jurídicos (teórico-jurídico y comparación jurídica). Se analizaron experiencias de clínicas jurídicas en España, Chile y Ecuador. Resultados: Se propone la "Clínica Jurídica de Mediación y Arbitraje Civil y Familiar" bajo un modelo mixto de alfabetización jurídica, asesoramiento e interés público. Los estudiantes desarrollarían habilidades para desempeñarse como mediadores y árbitros, realizarían divulgación sobre cultura de paz, atenderían consultas gratuitas y desarrollarían investigaciones sobre la factibilidad del arbitraje civil y familiar en Cuba. Discusión: El Plan de Estudios de Derecho no contempla suficientemente la formación en métodos alternos, por lo que se sugiere incorporar habilidades específicas para formar mediadores y árbitros con enfoque humanístico. Las clínicas jurídicas permiten el aprendizaje práctico con compromiso social, contribuyendo al acceso a la justicia y a la protección de derechos. Conclusiones: Las transformaciones legislativas cubanas requieren emplear el método clínico para crear espacios de formación en mediación y arbitraje civil y familiar, que desarrollen competencias profesionales desde el concepto de justicia social y derechos humanos.
Palabras clave: clínica jurídica, mediación, arbitraje, enseñanza del Derecho.
Abstract
Introduction: The 2019 Cuban Constitution recognizes the right of individuals to resolve disputes through alternative dispute resolution methods, which has led to legislative changes such as the Family Code (2022) and Decree-Law No. 69 on Mediation (2023). This new regulatory framework demands changes in legal education in Cuba, moving beyond the traditional litigation-centered model to incorporate training in mediation and arbitration. The objective of this study is to develop a proposal for a legal clinic focused on mediation and arbitration in civil and family law as an alternative method for teaching law. Materials and methods: A qualitative empirical research approach was employed, using theoretical methods (analysis-synthesis, inductive-deductive reasoning), empirical methods (documentary analysis), and legal methods (legal theory and comparative law). Experiences of legal clinics in Spain, Chile, and Ecuador were analyzed. Results: The "Legal Clinic for Civil and Family Mediation and Arbitration" is proposed under a mixed model of legal literacy, counseling, and public interest. Students would develop skills to work as mediators and arbitrators, promote a culture of peace, provide free consultations, and conduct research on the feasibility of civil and family arbitration in Cuba. Discussion: The Law curriculum does not sufficiently address training in alternative dispute resolution methods. Therefore, it is suggested that specific skills be incorporated to train mediators and arbitrators with a humanistic approach. Legal clinics allow for practical learning with social commitment, contributing to access to justice and the protection of rights. Conclusions: Cuban legislative reforms require the use of the clinical method to create training spaces in civil and family mediation and arbitration, developing professional competencies based on the concepts of social justice and human rights.
Keywords: legal clinic, mediation, arbitration, legal education.
Resumo
Introdução: A Constituição Cubana de 2019 reconhece o direito dos indivíduos de resolver disputas por meio de métodos alternativos de resolução de conflitos, o que levou a mudanças legislativas como o Código da Família (2022) e o Decreto-Lei nº 69 sobre Mediação (2023). Esse novo marco regulatório exige mudanças no ensino jurídico em Cuba, indo além do modelo tradicional centrado no litígio para incorporar a formação em mediação e arbitragem. O objetivo deste estudo é desenvolver uma proposta para uma clínica jurídica focada em mediação e arbitragem em direito civil e de família como método alternativo de ensino jurídico. Materiais e métodos: Foi empregada uma abordagem de pesquisa empírica qualitativa, utilizando métodos teóricos (análise-síntese, raciocínio indutivo-dedutivo), métodos empíricos (análise documental) e métodos jurídicos (teoria do direito e direito comparado). Foram analisadas as experiências de clínicas jurídicas na Espanha, Chile e Equador. Resultados: A "Clínica Jurídica de Mediação e Arbitragem em Direito Civil e de Família" é proposta sob um modelo misto de alfabetização jurídica, aconselhamento e interesse público. Os alunos desenvolveriam habilidades para atuar como mediadores e árbitros, promover uma cultura de paz, oferecer consultas gratuitas e conduzir pesquisas sobre a viabilidade da arbitragem cível e familiar em Cuba. Discussão: O currículo de Direito não aborda suficientemente a formação em métodos alternativos de resolução de conflitos. Portanto, sugere-se a incorporação de habilidades específicas para formar mediadores e árbitros com uma abordagem humanística. As clínicas jurídicas permitem o aprendizado prático com compromisso social, contribuindo para o acesso à justiça e a proteção dos direitos. Conclusões: As reformas legislativas cubanas exigem a utilização do método clínico para criar espaços de formação em mediação e arbitragem cível e familiar, desenvolvendo competências profissionais com base nos conceitos de justiça social e direitos humanos.
Palavras-chave: clínica jurídica, mediação, arbitragem, educação jurídica.
Recibido: 3/1/2026 Aprobado: 27/1/2026
Introducción
La Constitución cubana de 2019 le otorga una gran importancia al acceso a la justicia, dentro de las garantías de los derechos. Conforme a lo establecido en su artículo 93, el Estado reconoce el derecho de las personas a resolver sus controversias utilizando métodos alternos de solución de conflictos, por tanto la legislación cubana se ha ido ajustando con éxito al mandato constitucional. Con la aprobación del Código de las Familias en septiembre de 2022 (Ley No. 156 de 2022), se introdujo la posibilidad del empleo de la mediación para la gestión y solución armónica de conflictos familiares en materias disponibles, bondad que refuerza el Decreto Ley No.69 de 2023, “Sobre la Mediación de conflictos”, al erigirse como marco regulador de la mediación en nuestro país, reconociendo entre los asuntos mediables, los conflictos civiles y de familia. De igual manera, el referido precepto constitucional permite la introducción en sede civil y familiar del empleo del arbitraje en materias arbitrables, es decir, donde las personas tengan poder de disposición.
Escenario normativo, que demanda transformaciones en las maneras de hacer y de enseñar el Derecho en Cuba, en el que se logre un tránsito del método educativo tradicional, en el que la litigación opera como principal habilidad de formación, al método de enseñanza alternativo, donde se piense y analice el Derecho desde los sistemas alternativos de solución de conflictos prima facie, contribuyendo al desempeño adecuado de otros modos de actuación, fundamentalmente el rol de mediadores y árbitros, a través del método clínico. La creación de clínicas jurídicas de mediación y arbitraje en el ámbito civil y familiar coadyuvarán al perfeccionamiento de la enseñanza del Derecho en nuestro país, desde un enfoque transdisciplinar y práctico.
Las Clínicas Jurídicas aparecen como resultado de la búsqueda de un modelo similar a las prácticas estudiantiles utilizadas en las Facultades de Medicina para ser empleadas en el sector jurídico, donde se logre la vinculación del estudiante al proceso de formación del jurista con el necesario compromiso en casos de vulnerabilidad social y fortalecer la ética profesional(Almanza, 2010). La educación jurídica clínica garantiza la formación de los futuros profesionles del Derecho, pues acerca a los estudiantes a la práctica y permite que a través de casos reales solucionen problemas sociales contribuyendo de igual manera a ampliar el acceso a la justicia y la protección de los derechos humanos.
Al analizar el conocimiento del tema en el plano internacional, se aprecia que el método clínico en la enseñanza del Derecho ha sido tratado por varios investigadores, donde resaltan Witker(2007), Almanza(2010), García(2014), Calo(2019) y Sánchez(2019), sin profundizar en su aplicación a los métodos alternos de solución de conflictos.
En Cuba, se ha estudiado el método clínico de enseñanza aplicado al Derecho fundamentalmente por Santana, Pereda y Mirabal(2016) y aparecen estudios más recientes acerca de las clínicas jurídicas, pero visto desde una óptica distinta al presente estudio, para la protección de determinados sectores, donde destacan las clínicas jurídicas como un espacio prudente para la protección de los más vulnerables de Torres, Jerez y Hernández(2022) y las clínicas jurídicas de emprendimiento y su posibilidad de implementación en la Organización Nacional de Bufetes Colectivos de Guerra y Guerra(2022), pero ninguno con una visión de vincular este método para formar habilidades en los estudiantes de la Carrera de Derecho relacionados con la mediación y el arbitraje en las materias civil y familiar.
La propuesta que se realiza tiene importancia para la enseñanza del Derecho en Cuba y por tanto la educación clínica jurídica, pues vincula la teoría con la práctica, relacionada con el desempeño de nuevos modos de actuación que deben conocer los estudiantes de Derecho en la actualidad a tono con las modificaciones legislativas acontecidas en el país en cuanto al empleo de métodos alternos de solución de conflictos, para su futuro ejercicio profesional.
El objetivo principal del presente estudio es fundamentar una propuesta de clínica jurídica de mediación y arbitraje en el ámbito civil y familiar, como método alternativo de la enseñanza del Derecho en Cuba que fomenta el desarrollo de competencias y habilidades a partir del concepto de justicia social en el rol de mediadores y árbitros.
Materiales y métodos
En el estudio realizado se utilizó el enfoque de la investigación empírica cualitativa, según las variables del objeto de análisis, los datos obtenidos y los métodos empleados, a los efectos de alcanzar el objetivo propuesto. Se utilizaron métodos para la investigación teórica: análisis-síntesis, inductivo- deductivo y abstracto-concreto. Los que permitirán caracterizar el método clínico jurídico, en particular vinculado a los métodos alternos de solución de conflictos y apreciar el estado de la ciencia en cuanto a ello, a los efectos de comprender los conceptos, teorías y conclusiones emitidas y las características de la institución objeto de estudio. De igual forma se emplearon métodos para la investigación empírica: esencialmente a través de la observación indirecta, mediante el análisis de documentos, principalmente a través de la revisión de textos, publicaciones, plan de estudios de la carrera de Derecho en Cuba y otros materiales de diversos autores de la materia a analizar a nivel internacional y nacional. Finalmente se aplicaron al estudio métodos en la investigación jurídica: teórico-jurídico y de comparación jurídica. El método teórico-jurídico posibilita desde los principios teóricos generales y conceptos de la teoría, sistematizar los fundamentos teóricos, para poder precisar conceptos y teorías generalmente aceptadas por la doctrina, identificando regularidades y tendencias sobre las clínicas jurídicas y su vinculación a los métodos alternos de solución de conflictos, con vistas a la propuesta que se realiza a partir del presente estudio. El método de comparación jurídica, se utilizó con el objetivo de verificar la existencia en el plano internacional de clínicas jurídicas de mediación y arbitraje. Se eligieron 3 países: España, Chile y Ecuador. Dicha selección se basó en los criterios siguientes: que pertenecieran al sistema de Derecho romano-francés y que utilizaran el método clínico para la creación de clínicas jurídicas de mediación y arbitraje, principalmente en los ámbitos civil y familiar, todo esto a los fines de ofrecer una perspectiva de corte contrastiva, a partir de determinadas dimensiones estudiadas, y la identificación de diferencias relativas, semejanzas y regularidades.
En la presente investigación se utilizó esencialmente la técnica de análisis de contenido, mediante la revisión de libros, revistas, el plan de estudios de la Carrera de Derecho en Cuba y otros documentos científicos analizados que provenían en su mayoría de Internet. Estos se relacionan de forma directa con el tema objeto de estudio y contribuyeron a alcanzar el resultado logrado conforme al objetivo trazado.
Resultados
La educación jurídica clínica tiene una gran importancia, pues sirve para la transformación de la enseñanza del Derecho, debido a que es un método de enseñanza diferente al que se ha utilizado tradicionalmente, es una forma de legitimar el papel social que deben asumir las Universidades y por su contribución a garantizar el derecho de acceso a la justicia desde una visión formativa, fundamentalmente en cuanto a la protección de derechos de grupos poblacionales en situación de vulnerabilidad.
En el plano internacional se encuentran varios casos de clínicas jurídicas donde utilizan los métodos alternos de solución de conflictos, primordialmente la mediación y el arbitraje. Son espacios vinculados principalmente a Universidades, Colegios de Abogados o Instituciones Públicas que brindan servicios gratuitos o a bajo costo, relacionados con los métodos alternos de solución de conflictos, con énfasis en los ámbitos civil y familiar.
España es un país destacado en la creación y desarrollo de clínicas jurídicas, en su mayoría desde las Universidades, donde ofrecen servicios de mediación en conflictos civiles y familiares, incluyen además programas en conflictos vecinales, y el empleo del arbitraje. Existe además una Clínica Jurídica de Mediación Administrativa.
En Chile existe la particularidad de que este método de enseñanza clínico trabaja con asuntos de familia donde se puede aplicar la mediación familiar y en el caso del arbitraje, casos de participación de comunidades hereditarias y liquidaciones de sociedades conyugales, a los que se les puede aplicar el Arbitraje Pro Bono , para garantizar el acceso de justicia de las personas de escasos recursos en materia de arbitraje obligatorio o forzoso.
En Ecuador está constituida la clínica jurídica de mediación vinculada al Colegio de la Jurisprudencia de la USFQ(Universidad de San Francisco de Quito), donde se solucionan casos de forma alternativa en temas de interés público.
Resulta necesario utilizar el método de enseñanza clínico, para la creación en Cuba de clínicas jurídicas de mediación y arbitraje civil y familiar, que servirían como un espacio alternativo para la enseñanza del Derecho cubano y en particular para el aprendizaje de los métodos alternos de solución de conflictos en el ámbito civil y familiar y la formación de los futuros profesionales del Derecho en el rol de mediadores y árbitros.
A continuación se realiza una propuesta concreta que puede servir de base para la creación de la clínica jurídica de mediación y arbitraje en sede civil y familiar en nuestro país:
Clínica Jurídica: “Clínica Jurídica de Mediación y Arbitraje Civil y Familiar”
Problemática detectada: La evolución de la conflictividad en nuestro país y el desarrollo socioeconómico que se ha alcanzado, requiere de la aplicación de métodos alternos para la solución de controversias que ofrezcan a los ciudadanos vías alternativas de acceso a la justicia a fin de ampliar además el ejercicio de este derecho en las relaciones jurídicas civiles y familiares que acontecen en la actualidad, vías en las que prime el principio de autonomía de la voluntad y de esta forma se solucionen con mayor rapidez y efectividad para su posterior ejecución y se reduzca la radicación de asuntos ante los Tribunales, unido al hecho del desconocimiento en muchos casos de esta opción de resolución de litigios civiles y familiares.
Modelo de clínica jurídica(Mixto): De alfabetización jurídica, asesoramiento jurídico e interés público. Los estudiantes se involucran de manera activa en la divulgación y comunicación, de las particularidades de los Métodos Alternos de Solución de Conflictos(MASC) y la necesaria cultura de paz en la sociedad cubana, en especial de la mediación y el arbitraje para la gestión y solución de conflictos civiles y familiares, a la luz de la Carta Magna de 2019, el Código de las Familias y el Decreto Ley No. 69 “Sobre la Mediación de Conflictos”, promoviendo la educación hacia esa cultura de paz en el país y el acceso a la justicia desde estos métodos. Para desarrollar esta labor elaboran materiales donde informan acerca de la posibilidad de resolver los litigios civiles y familiares a través de la mediación y el arbitraje, así cómo las especificidades de ambos métodos; efectúan talleres formativos en diversas instituciones, conversatorios en las comunidades y divulgación en los medios de comunicación. Por otra parte, los estudiantes atienden de manera gratuita las dudas y consultas del público y les informan en cuanto a la opción de solución de los conflictos civiles y familiares mediante sistemas alternativos, con énfasis en la mediación civil y familiar que ya puede emplearse en Cuba. Realizan igualmente actividades de investigación jurídica relacionadas con estos métodos alternos de solución de litigios en el ámbito civil y familiar, principalmente en cuanto a la factibilidad de implementar en el país el arbitraje civil y familiar como otra alternativa de resolución de controversias civiles y familiares, teniendo como asiento normativo el precepto 93 de la Ley de Leyes cubana de 2019 que establece que los ciudadanos pueden resolver sus conflictos a través de métodos alternos de solución de conflictos.
Resultados de aprendizaje: Que mediante el método de enseñanza clínico los estudiantes adquieran conocimientos jurídicos sobre los MASC, sepan identificar si los asuntos se pueden someter a la utilización de un método u otro, habilidades para desempeñarse como mediadores y árbitros en sede civil y familiar y valores que permitan su formación como futuros profesionales del Derecho, relacionados con el concepto de justicia social, basado en la igualdad de oportunidades y en los derechos humanos, dejando atrás el concepto tradicional de justicia legal.
Discusión
Los métodos alternos de solución de conflictos en el contexto socio jurídico cubano actual, deben recibir una mirada inclusiva desde las aulas universitarias, esencialmente en las asignaturas vinculadas a los derechos civiles y familiares, máxime cuando el ordinal 93 de la Constitución vigente consagra dentro del Capítulo VI concerniente a las garantías de los derechos, el reconocimiento por parte del Estado del derecho de las personas a resolver sus controversias utilizando métodos alternos de solución de conflictos, de conformidad con la Constitución y las normas jurídicas que se establezcan a tales efectos. Con esta garantía constitucional, nuestra Carta Magna no solo prevé el acceso a los medios tradicionales para la solución de contiendas sino que extiende su mirada más allá, al contemplar como ya se mencionaba el derecho de los ciudadanos a acceder a otros medios alternos para solucionar la Litis.
Sin embargo, el Plan de Estudios E Perfeccionado de la carrera de Licenciatura en Derecho, aunque reconoce el método clínico jurídico, no prevé las herramientas necesarias para dotar al estudiante de los conocimientos, habilidades y valores necesarios para solucionar los problemas más generales y frecuentes de la práctica, desde los medios alternos de solución de conflictos. Por tanto, debiera valorarse la introducción en este documento rector de una habilidad encaminada a: Formar mediadores, árbitros, conciliadores y facilitadores con espíritu ético, empatía, bondad, concordia, paz, alteridad y solidaridad, que apliquen los conocimientos teóricos, prácticos y metodológicos, desde una visión humanística.
Esta necesidad se incrementa cuando se trata de conflictos civiles y familiares que requieren otras habilidadades o valores que es necesario desarrollar desde pregrado, para que los futuros profesionales del Derecho puedan desempeñar adecuadamente otros modos de actuación, atemperados al contexto legislativo actual, como mediadores o árbitros civiles y familiares esencialmente.
En este sentido refiriéndose a la mediación se ha señalado, que se considera a la mediación en el ámbito familiar como un proceso socioeducativo, pues posibilita la comunicación, la participación, la toma de decisiones, alcanzar un acuerdo, asegurar sus intereses, escuchar de forma activa, situarse en la posición del otro, asumir compromisos, manifestar sus necesidades y emociones, pensar, ser independiente; logrando así la formación de ciudadanos que puedan vivir en armonía, restableciendo y creando nuevas formas de compartir entre los miembros de la familia donde prevalezca la paz y la comunicación y la posibilidad de negociar las situaciones que se presenten en el entorno familiar. Por este motivo se requiere para el futuro profesional del Derecho una formación sistemática, organizada y planificada(Martínez, 2022).
Las clínicas jurídicas como método de enseñanza dirigidas a lograr que los estudiantes aprendan el Derecho con una visión más práctica, atendiendo a las habilidades que ellos deben desarrollar en las diferentes vías de actuación, sin olvidar la ética y el compromiso social que asumen como futuros jurista podrían contribuir a esa formación que se requiere.
El método clínico de enseñanza se dirige fundamentalmente a ponderar la práctica, pues los estudiantes como se ha referido aprenden haciendo, lo que contribuye a que aprendan más y mejor, pues de esta forma los estudiantes aprenden el derecho con profundidad e integralidad, incluyendo las problemáticas que supone su aplicación. Este método permite igualmente que los estudiantes se apropien de habilidades, pericia y otras capacidades imprescindibles para un buen desempeño del futuro profesional del Derecho(Sánchez, 2019).
En cuanto a los conflictos susceptibles de recibir tratamiento jurídico clínico existen varios criterios, pero generalmente el diseño de las clínicas, se realiza desde la perspectiva de la promoción de los Derechos Humanos, vinculadas a la protección de los derechos y a garantizar la igualdad de los grupos excluidos y el acceso a la justicia. Si se analiza la esencia de las clínicas jurídicas permite la creación y empleo en conflictos que pueden resolverse a través de métodos alternos de solución de controversias. La justicia debe garantizar que las personas vean resuelta su contienda en el menor tiempo posible, conforme a lo que disponen las principales normas de derecho internacional, pero sobre todo debe transformarse hacia una justicia más humana que pondere la dignidad humana como condición indispensable para asegurar todos los derechos y garantías de los ciudadanos(Marabotto, 2003). Esta situación trae consigo que la formación de los estudiantes de la carrera de Derecho se deba dirigir hacia esos fines.
En Cuba ya se han creado varias clínicas jurídicas siendo pionera la Universidad de Oriente en este sentido, dirigida principalmente a prestar servicios notariales y registrales. De igual manera, se destaca la que se ha constituido en la Universidad de la Habana, la Clínica jurídica del “mundo moral” en situaciones jurídicas donde se evidencien cuestiones de acceso a la justicia y atención de personas o grupos en situación de vulnerabilidad. No obstante, teniendo en cuenta las modificaciones legislativas operadas se hace necesaria la transformación de la enseñanza del Derecho a través de la utilización del método clínico para la creación de clínicas de mediación y arbitraje en materias civil y familiar principalmente. Estas clínicas coadyuvarían a la formación de los futuros profesionales hacia una cultura de la paz dejando atrás el enfoque del litigio como única vía de solución de conflictos.
Conclusiones
Las transformaciones legislativas acontecidas en el país requieren el empleo de otros métodos de enseñanza del Derecho en Cuba, dejando atrás el modelo tradicional donde la litigación resulta ser la habilidad de formación fundamental, para dar paso a un modelo donde juegue igualmente un rol fundamental la formación de los estudiantes en sistemas alternativos de resolución de controversias, que coadyuven al desempeño futuro de estos de forma adecuada en otros modos de actuación, principalmente como mediadores y árbitros.
La utilización en Cuba del método de enseñanza clínico y en particular la creación de clínicas jurídicas de mediación y arbitraje en el ámbito civil y familiar contribuyen al perfeccionamiento de la enseñanza del Derecho en nuestro país, con énfasis en el enfoque práctico y fomenta el desarrollo de competencias y habilidades de los estudiantes a partir del concepto de justicia social y derechos humanos en el rol de mediadores y árbitros.
Referencias bibliográficas
Almanza, M. (2010). Las clínicas jurídicas y su pertinencia en la formación de abogados. Justicia, 18, 291-305. https://www.unisimonbolivar.edu.co/
Calo, M. (2019). Las clínicas jurídicas como método de aprendizaje y como servicio social [Trabajo de Fin de Grado, Universidad de Cádiz]. RODIN. https://rodin.uca.es/
Carretero, E. (2022). Clínica Jurídica de Mediación Administrativa. Universidad Carlos III de Madrid. https://www.uc3m.es/
Cepero, M. (2024, 15 de enero). En código de tendencias: Clínica jurídica. Cubadebate. http://www.cubadebate.cu/
Constitución de la República de Cuba. (2019). Gaceta Oficial de la República de Cuba, Edición Extraordinaria No. 5, 10 de abril de 2019.
Decreto-Ley No. 69, Sobre la Mediación de Conflictos. (2023). Gaceta Oficial de la República de Cuba, Edición Ordinaria No. 19, 22 de febrero de 2023.
Ley No. 156, Código de las Familias. (2022). Gaceta Oficial de la República de Cuba, Edición Extraordinaria No. 87, 17 de agosto de 2022.
Marabotto, J. A. (2003). Un derecho humano esencial: el acceso a la justicia. Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano, 9, 291-307. https://www.cejamericas.org/
Martínez, H. M. (2022). La formación en mediación familiar del estudiante de Licenciatura en Derecho de la Universidad de Matanzas [Tesis de doctorado, Universidad de Matanzas].
Ministerio de Educación Superior de Cuba. (2023). Plan de Estudio "E Perfeccionado", Carrera Derecho.
Sánchez, R. (2019). Clínicas jurídicas, método clínico y los conflictos susceptibles de recibir tratamiento clínico. Revista Internacional de Pensamiento Político, 14, 451-470. https://www.upo.es/
Universidad Diego Portales. (s.f.). Clínica de Mediación y Arbitraje. Clínicas Jurídicas UDP. https://clinicasjuridicas.udp.cl/
Universidad de San Francisco de Quito. (s.f.). Clínicas Jurídicas, JUR-USFQ. https://www.usfq.edu.ec/
Vega, R., & De las Cuevas, Y. (2024). La experiencia de la Clínica Jurídica de la Universidad de Oriente, Cuba. Especial referencia a la prestación del servicio notarial y registral. En A. Fuentes, D. Eile, & J. García (Eds.), Manual de Clínicas Jurídicas. Desarrollo de la Educación Clínica en Cuba (pp. 45-62). Instituto Raoul Wallenberg de Derechos Humanos y Derecho Humanitario. https://rwi.lu.se/
Conflicto de intereses
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Zaimí Guerra Velázquez, Noadis Milán Morales y Raúl José Vega Cardona: Proceso de revisión de literatura y redacción del artículo.