Maestro y Sociedad e-ISSN 1815-4867

Volumen 21 Número 4 Año 2024

Artículo original

Análisis de Impuesto al Valor Agregado: Ecuador y Chile (2000-2023)

Analysis of Value Added Tax: Ecuador and Chile (2000-2023)

Análise do Imposto sobre Valor Agregado: Equador e Chile (2000-2023)

Digna María Basurto Intriago 1, https://orcid.org/0009-0002-7760-8404

Verónica Isabel Muñoz Anchundia 2, https://orcid.org/0009-0004-9365-6814

Mario Marlon Zambrano Segovia 3, https://orcid.org/0000-0002-2375-4214

Oswaldo Vinicio Loor Pinargote 4, https://orcid.org/0009-0008-0428-051X

Karen Vanessa Párraga Montesdeoca 5, https://orcid.org/0009-0006-4737-3623

1-3, 5 Universidad Técnica de Manabí (UTM), Ecuador

4 Universidad Espíritu Santo (UEES), Ecuador

*Autor para correspondencia. email digna.basurto@utm.edu.ec

Para citar este artículo: Basurto Intriago, D. M., Muñoz Anchundia, V. I., Zambrano Segovia, M. M., Loor Pinargote, O. V., Párraga Montesdeoca, K. V. (2024). Análisis de Impuesto al Valor Agregado: Ecuador y Chile (2000-2023). Maestro y Sociedad, 21(4), 2469-2482. https://maestroysociedad.uo.edu.cu

RESUMEN

Introducción: El Impuesto al Valor Agregado (IVA) tiene una importancia significativa en la recaudación tributaria de los países de América Latina. En el caso de Ecuador y Chile, este impuesto ocupa la mayor participación en los ingresos fiscales, a diferencia de otros gravámenes. En este contexto, la presente investigación analiza la estructura y aplicación del IVA en los regímenes tributarios de ambos países, en el periodo 2000-2022, con el fin de identificar mejores prácticas que promuevan una recaudación eficiente y equitativa. Materiales y métodos: ALa metodología del estudio se caracteriza por utilizar un enfoque cualitativo en cuanto la investigación documental, el análisis deductivo y explicativo tanto de la estructura como de las reformas tributarias; así como un enfoque cuantitativo para el análisis estadístico descriptivo, empleando el método de tendencias temporales, sobre los montos de recaudación del IVA. Se constata la existencia de un marco legal especifico, claro y correctamente estructurado, resultado de una serie de reformas destinadas a incrementar los montos de recaudación, enfrentar emergencias sociales, y fortalecer la eficiencia administrativa del IVA en ambos países. Resultados: El análisis resultante revela la importancia de implementar medidas que conviertan el IVA en un impuesto progresivo, superando su naturaleza regresiva. Por tanto, es crucial fortalecer los incentivos y exenciones de este impuesto para los sectores vulnerables de la sociedad y aquellos considerados estratégicos para el desarrollo económico y social. Discusión: En el caso de Chile, Guerrero et al. (2024) coinciden con este resultado, acotando que, pese a los múltiples esfuerzos en obtener mayores niveles de recaudación, los montos totales resultan insuficientes para atender las demandas sociales. Por otro lado, Andrade et al. (2024) señala que, en Ecuador, la recaudación obtenida por el tributo del IVA representa un mecanismo irrenunciable para el Estado, debido a su importante participación en la recaudación global, lo que permite hacerles frente a las demandas sociables de naturaleza permanente. No obstante, según el análisis de Chávez et al. (2020), la recaudación de este impuesto se ve afectada por factores de elusión y evasión, logrando incrementar la brecha fiscal. Conclusiones: En términos de recaudación, efectivamente se evidencia un incremento en los ingresos tributarios por concepto de IVA, sin embargo, esto no garantiza una mejora en la equidad fiscal ni en el bienestar económico de la población. Por lo tanto, resulta crucial que se realicen nuevas investigaciones que profundicen en los resultados de este análisis, especialmente en lo que respecta a su relación con los factores sociales. El estudio revela información importante para los responsables de la formulación de políticas, académicos y otros actores interesados en comprender la dinámica del IVA en Chile y Ecuador. Estos resultados pueden servir como referencia comparativa para otros países de la región.

Palabras clave: IVA, recaudación, estructura, reformas, análisis.

Abstract

Introduction: The Value Added Tax (VAT) has a significant importance in the tax collection of Latin American countries. In the case of Ecuador and Chile, this tax occupies the largest share in fiscal revenues, unlike other taxes. In this context, this research analyzes the structure and application of VAT in the tax regimes of both countries, in the period 2000-2022, in order to identify best practices that promote efficient and equitable collection. Materials and methods: The methodology of the study is characterized by using a qualitative approach in terms of documentary research, deductive and explanatory analysis of both the structure and the tax reforms; as well as a quantitative approach for descriptive statistical analysis, using the time trend method, on the amounts of VAT collection. The existence of a specific, clear and correctly structured legal framework is confirmed, the result of a series of reforms aimed at increasing the amounts collected, addressing social emergencies, and strengthening the administrative efficiency of VAT in both countries. Results: The resulting analysis reveals the importance of implementing measures that turn VAT into a progressive tax, overcoming its regressive nature. Therefore, it is crucial to strengthen the incentives and exemptions of this tax for vulnerable sectors of society and those considered strategic for economic and social development. Discussion: In the case of Chile, Guerrero et al. (2024) agree with this result, noting that, despite the multiple efforts to obtain higher levels of collection, the total amounts are insufficient to meet social demands. On the other hand, Andrade et al. (2024) points out that, in Ecuador, the collection obtained from the VAT tax represents an essential mechanism for the State, due to its important participation in global collection, which allows them to meet social demands of a permanent nature. However, according to the analysis by Chávez et al. (2020), the collection of this tax is affected by avoidance and evasion factors, thus increasing the fiscal gap. Conclusions: In terms of collection, there is indeed an increase in tax revenues from VAT, however, this does not guarantee an improvement in fiscal equity or in the economic well-being of the population. Therefore, it is crucial that new research be carried out to delve deeper into the results of this analysis, especially with regard to its relationship with social factors. The study reveals important information for policy makers, academics and other actors interested in understanding the dynamics of VAT in Chile and Ecuador. These results can serve as a comparative reference for other countries in the region.

Keywords: VAT, collection, structure, reforms, analysis.

Resumo

Introdução: O Imposto sobre Valor Agregado (IVA) tem uma importância significativa na arrecadação de impostos dos países latino-americanos. No caso do Equador e do Chile, esse imposto ocupa a maior fatia das receitas fiscais, diferentemente de outros impostos. Neste contexto, esta pesquisa analisa a estrutura e a aplicação do IVA nos regimes tributários de ambos os países, no período 2000-2022, a fim de identificar as melhores práticas que promovam uma cobrança eficiente e equitativa. Materiais e métodos: A metodologia do estudo caracteriza-se pela utilização de uma abordagem qualitativa em termos de pesquisa documental, análise dedutiva e explicativa tanto da estrutura quanto das reformas tributárias; bem como uma abordagem quantitativa à análise estatística descritiva, utilizando o método da tendência temporal, sobre os valores de cobrança de IVA. Nota-se a existência de um quadro jurídico específico, claro e corretamente estruturado, resultado de uma série de reformas que visam aumentar os valores arrecadados, fazer face às emergências sociais e reforçar a eficiência administrativa do IVA em ambos os países. Resultados: A análise resultante revela a importância da implementação de medidas que tornem o IVA um imposto progressivo, superando o seu caráter regressivo. É, portanto, fundamental reforçar os incentivos e isenções deste imposto para os setores vulneráveis da sociedade e aqueles considerados estratégicos para o desenvolvimento económico e social. Discussão: No caso do Chile, Guerrero et al. (2024) concordam com esse resultado, ressaltando que, apesar dos múltiplos esforços para obter maiores níveis de arrecadação, os valores totais são insuficientes para atender às demandas sociais. Por outro lado, Andrade et al. (2024) destaca que, no Equador, a receita obtida com o imposto IVA representa um mecanismo essencial para o Estado, devido à sua importante participação na arrecadação global de receitas, o que lhe permite atender a demandas sociais de caráter permanente. Entretanto, de acordo com a análise de Chávez et al. (2020), a arrecadação deste imposto é afetada por fatores de elisão e evasão, podendo aumentar o déficit fiscal. Conclusões: Em termos de arrecadação de impostos, há de fato um aumento nas receitas do IVA; no entanto, isso não garante uma melhoria na equidade fiscal nem no bem-estar econômico da população. Portanto, é crucial conduzir mais pesquisas para explorar melhor os resultados desta análise, especialmente no que diz respeito à sua relação com fatores sociais. O estudo revela informações importantes para formuladores de políticas, acadêmicos e outras partes interessadas em entender a dinâmica do IVA no Chile e no Equador. Esses resultados podem servir como referência comparativa para outros países da região.

Palavras-chave: IVA, cobrança, estrutura, reformas, análise.

Recibido: 6/10/2024 Aprobado: 15/11/2024

Introducción

A lo largo de la historia, los impuestos representan un pilar fundamental en la política pública de los Estados, sirviendo como reguladores de precios y consumos, y como principal fuente de recursos para la financiación de las funciones públicas (Parra et al., 2022), lo cual otorga noción a la ciudadanía para exigir transparencia y eficiencia en los fondos públicos (Atria, 2022). Actualmente, el impuesto con mayor representatividad en los ingresos de más de 160 países en el mundo, es el Impuesto al Valor Agregado (IVA), debido a que tiene en promedio, una participación del 30 % en el total de la recaudación tributaria (de Mooij y Swistak, 2022). La influencia de este impuesto en las economías del mundo es significativa, siendo adaptado por todos los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), a excepción de los Estados Unidos (Benzarti et al., 2020).

En Latinoamérica, el IVA se reconoce como un impuesto indirecto que se paga por el consumo de un bien o servicio, de parte del consumidor final al Estado (Cadena et al., 2020; de Almeida et al. 2021). Este impuesto es aplicado en todas las etapas de elaboración, producción, comercialización y consumo, cuyo aporte tributario es de carácter obligatorio (Centeno et al., 2022). La introducción del IVA en los sistemas tributarios de la región de América Latina ha sido masiva desde la década de los 60-70 del siglo pasado (Mangas, 2019), siendo foco de sucesivas reformas para mejorar su eficiencia e impacto en las economías diversas de cada nación (Gómez y Morán, 2020; Chávez et al., 2020).

El análisis del IVA resulta un tema importante en la actual coyuntura económica que caracteriza a varios países en vías de desarrollo pertenecientes a la región latinoamericana, cuyos regímenes tributarios logran de este impuesto, la mayor recaudación de ingresos (Mejía et al., 2020). Según lo explican de Almeida et al. (2021), las tasas del IVA que se cobra en esta región están por debajo ciertos países de la región europea (mayor al 24 %), sin embargo, el nivel de significancia en las economías de cada nación es considerablemente alto.

Ecuador y Chile son países pertenecientes a la región latinoamericana, cuyas economías dependen en gran medida de la efectividad con la que sus regímenes tributarios logran efectuar la recaudación de impuestos (Comisión Económica para América Latina y el Caribe [CEPAL], 2018), particularmente del IVA (CEPAL, 2023), por lo que han trabajado continuamente en mejorar su gestión en la recaudación, logrando estar dentro de los primeros países de la región en implementar herramientas tecnológicas para el cobro de impuestos, además de ser los que utilizan mayores incentivos tributarios (Cavallo y Powel, 2021).

No obstante, la publicación de la CEPAL del 2018 resalta que, a pesar de pertenecer al mismo grupo regional, Ecuador y Chile presentan diferencias significativas en sus regímenes tributarios, lo que hace fundamental estudiar la estructura y aplicación del IVA, logrando así, identificar las razones subyacentes que fundamentan estas disparidades, y consecuentemente, conocer prácticas efectivas que podrían ser aplicables en reformas tributarias que pretendan la mejora de la eficiencia tributaria en otros países de la región.

Impuesto al Valor Agregado en Ecuador

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Ecuador es definido como un tributo indirecto, aplicado al momento que los consumidores adquieren cualquier bien o servicio, a excepción de aquellos considerados de primera necesidad (Centeno et al., 2022). Este impuesto es considerado indirecto debido a que su aplicación no es directamente a las rentas o ingresos de las personas, sino al traspaso de dominio de bienes y servicios desde la primera hasta la última etapa en la cadena de suministro (Calle et al., 2017).

La aplicación del IVA no solo se da en las ventas realizadas a consumidores finales, sino también a todas las transacciones previas entre empresas, referente a la producción y distribución; razón por la cual se utiliza un sistema de acreditación que permite a las empresas compensar el IVA pagado en sus compras con el IVA cobrado en sus ventas, evitando así una doble imposición y asegurando que el impuesto recaiga finalmente en el consumidor final (de Mooij y Swistak, 2022).

El IVA tiene una transcendental importancia en la economía del Ecuador, debido a que ocupa la mayor participación en las recaudaciones fiscales (Cacay et al., 2021; de Mooij y Swistak, 2022), por su amplia base tributaria, facilidad de pago para los contribuyentes (Cacay et al., 2021) y facilidad de control por parte de la administración tributaria, que, en el caso de Ecuador, es el Servicio de Rentas Internas (SRI) (Calle et al., 2017). No obstante, la efectividad en las recaudaciones ha sido debatido a lo largo de la historia en el país (Chávez et al., 2020), generando múltiples reformas, con las que se ha pretendido lograr un impacto favorable a la sociedad, y a la economía del Estado.

Las reformas de este impuesto parten desde hace muchos años en la historia del Ecuador, donde inicialmente se conocía como Alcabala (de Mooij y Swistak, 2022), pasando a denominarse Impuesto al Valor Agregado en 1989 (Centeno et al., 2022), a partir de la sustitución del Impuesto a las Transacciones Mercantiles y Prestación de Servicios (ITM) creado en 1970 (Servicio de Rentas Internas [SRI], 2000ca).

De acuerdo con el análisis de Ramírez y Carrillo (2020), luego de la década de los 90, los ingresos recaudados por impuestos financiaban el gasto público con mayor participación que los ingresos petroleros, lo cual se fortaleció más aun con la creación del Servicio de Rentas Internas (SRI) en esa misma década, cuya gestión evidencia que el IVA sumado con el Impuesto a la Renta representaba más del 80% de la recaudación total, siendo el IVA el de mayor importancia. Por otro lado, Mejía et al. (2019) manifiestan que, en lapso del 2000 al 2008, las reformas de este impuesto ampliaron su objeto, estableciendo exenciones y condiciones para el uso del crédito tributario, declaraciones y formas de pago.

Impuesto al Valor Agregado en Chile

El IVA en Chile pertenecen al Impuesto sobre las Ventas y Servicios, y se define como aquel impuesto que grava la capacidad contributiva de consumo mediante transacciones que generan valor agregado (Villanueva, 2021). Su afectación es directa al consumidor final, sin embargo, se genera en cada etapa requirente para la adquisición del bien o utilización de servicios (Servicio de Impuestos Internos [SII], s.f). El sistema tributario de este país también aplica el método de impuesto contra impuesto, buscando que la tasa sea pagada únicamente por el consumidor final, ya que, de la misma forma que en Ecuador, el contribuyente declara el pago de este tributo utilizando crédito fiscal y débito fiscal (Ossadón, 2020). Concretamente, el monto a pagar surge de la diferencia de los montos de IVA pagados en compra (crédito fiscal) y los pagados en venta (débito fiscal) (SII, s.f).

La estructura fiscal de Chile ha mantenido históricamente una base fundamentada en impuestos indirectos y gravámenes sobre recursos naturales y otros tipos de ingresos (Atria, 2023). Esta configuración se ve significativamente influenciada por el IVA (Biehl et al., 2019), siendo considerado el impuesto más relevante en la recaudación tributaria del país (Figueroa et al., 2020). Su importancia radica en su alta capacidad contributiva, cuyos resultados se evidencian en los montos recaudados, lo cual ha generado implicaciones significativas en los debates públicos sobre mecanismos para mitigar su naturaleza regresiva y contrarrestar la desigualdad en su imposición (Biehl et al., 2019).

Actualmente, el IVA es un impuesto indirecto con pocas exenciones (SII, s.f), sin embargo, en el régimen tributario que regía a finales de 1973, se contaba con franquicias, tratamientos especiales y varias dispensas que dificultaban la asignación efectiva de recursos, y que, a su vez, no permitían que el sistema tributario sea progresivo; en este sentido, se ejecutaron varias reformas que, en primera instancia modificaron el carácter impositivo de este impuesto, agregaron actividades, y eliminaron exenciones, logrando que el IVA predomine en la recaudación de impuestos (García, 2020).

El sistema fiscal de Chile ha sido objeto de análisis en numerosos estudios (por ejemplo, Ossadón, 2020; Gómez y Moran, 2020; Jenkins et al. 2023; García y Zambrano, 2024), especialmente por su capacidad para adaptarse a las ventajas que ofrece la tecnología, demostrando un enfoque proactivo hacia la simplificación y la modernización de los procesos fiscales. Este sistema se destaca como pionero a nivel regional en la adopción de herramientas tecnológicas, como la facturación electrónica y el prellenado de las declaraciones mensuales del IVA a partir de 2017, mismas que han sido ampliamente aceptadas, ya que más del 90% de los contribuyentes las aceptan sin realizar modificaciones, lo que indica un alto grado de confianza en la precisión y la eficiencia del sistema (Gonzales y Zambrano, 2021). Este enfoque tecnológico ha posicionado al sistema fiscal chileno como un ejemplo a seguir en la región, ejemplo que han seguido administraciones tributarias de otros países como Argentina, Brasil y México, evidenciándose recientes progresos en Costa Rica, Ecuador, Perú y Uruguay, con una implementación masiva para todos los contribuyentes registrados (Gómez y Moran, 2020).

Materiales y métodos

Para el desarrollo del objetivo de esta investigación, se utilizó una metodología descriptiva y un enfoque mixto, con lo que se permitió caracterizar y comparar la recaudación tributaria referente al Impuesto al Valor Agregado en las administraciones tributarias de Ecuador y Chile, durante el periodo 2000-2022.

Se utilizó un enfoque mixto, debido a que se emplearon datos cualitativos y cuantitativos en las dos etapas de la investigación. Según lo respaldan Hernández y Mendoza (2018), este enfoque representa un proceso sistemático, empírico y critico al momento de investigar, por lo que implica la obtención y el análisis de información cualitativa y cuantitativa, logrando así un mayor entendimiento del objeto de estudio. Los autores señalan que este enfoque se puede implementar en secuencias o de forma integrada, siempre que permita lograr los objetivos de la investigación.

Por un lado, el método cualitativo fue imperativo en el análisis de la estructura tributaria del IVA y en las distintas reformas en las que han incurrido a lo largo de los años en ambos países, para esto se utilizó la investigación documental, el método de análisis deductivo y explicativo (Ortega, 2017), en la estudiaron las normativas que sustentan dichas reformas, contribuyendo a lograr un análisis crítico valido y sustentado en la realidad legal.

Por otro lado, el método cuantitativo se hizo necesario en el análisis estadístico descriptivo de los datos numéricos, en cuanto a los montos y porcentajes de recaudación del IVA en el periodo estudiado. En este punto, el análisis comparativo se logró mediante el uso del método de Análisis de Tendencias Temporales, mismo que sirve para la evaluación de tendencias y estacionalidad de datos, permitiendo verificar patrones de aumento o disminución a largo plazo en series temporales (Dimri et al., 2020).

La recolección de información se realizó directamente de la base informativa digital del Servicio de Rentas Internas (Ecuador) y del Servicio de Impuestos Internos (Chile), cuyo acceso abierto garantiza la integridad y actualidad de los datos, fortaleciendo la validez y pertinencia de los resultados obtenidos. En primer lugar, se descargaron las leyes que respaldan las distintas reformas al IVA en ambos países para proceder a su respectivo análisis, seguidamente se accedió al apartado estadístico de las plataformas y se descargaron los diferentes reportes de recaudación de cada uno de los años del periodo de análisis. En la Tabla 1 se logra observar los datos requeridos, la fuente en la que se obtuvo y el link de acceso.

Tabla 1. Fuentes de recolección de datos

Datos

Fuente

Link de acceso

Ley de Régimen Tributario Interno

Servicio de Rentas Internas

https://www.sri.gob.ec/o/sri-portlet-biblioteca-alfresco-internet/descargar/1c04850c-093e-44bf-ba98-e9bc8baae57e/Ley_Regimen_Tributario_Interno_20_jun_2023.pdf

Ley Sobre Impuesto a las Ventas y Servicios

Servicio de Impuestos Internos

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=6369

Reformas tributarias Chile

Ley Chile

https://www.bcn.cl/leychile/

Reformas tributarias Ecuador

Servicio de Impuestos Internos

https://www.sri.gob.ec/web/intersri/biblioteca

Histórico estadísticas generales de recaudación

Servicio de Rentas Internas

https://www.sri.gob.ec/historico-estadisticas-generales-de-recaudacion

Serie de Ingresos Tributarios Anuales 1993-2010

Servicio de Impuestos Internos

https://www.sii.cl/sobre_el_sii/serie_de_ingresos_tributarios.html

Serie de Ingresos Tributarios Anuales 2009-2022

Servicio de Impuestos Internos

https://www.sii.cl/sobre_el_sii/serie_de_ingresos_tributarios.html

Resultados

Estructura tributaria del Impuesto al Valor Agregado de Ecuador y Chile

La estructura tributaria del Impuesto al Valor Agregado (IVA) está determinada en los regímenes tributarios de cada país. En Ecuador, se norma bajo la Ley de Régimen Tributario Interno, Titulo Segundo, Articulo 52 al 74, mientras que, en Chile, se determina en la Ley Sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, Titulo Segundo, Articulo 8 al 36. Como base fundamental para comprender la estructura tributaria de este impuesto en ambos países, se considera pertinente comprender los argumentos constitucionales que rigen las leyes mencionadas. Por un lado, en Ecuador, el art. 30 de la Constitución de la República, especifica los principios bajo los cuales se norma el Régimen Tributario, que incluyen la generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria. Mientras que, en el caso de Chile, el art. 19 de la Constitución Política de la República, establece la proporcionalidad, justicia, y claridad de aplicación como principios centrales para la aplicación de la política tributaria. Para una presentación especifica y simplificada de la estructura tributaria y su respaldo legal, se dispone de la Tabla 2, en la que se puntualizan los artículos en los que se hace referencia a los diferentes componentes mencionados.

Tabla 2. Estructura tributaria del IVA en Ecuador y Chile

Componentes

Ecuador

Chile

Tarifa del Impuesto

Art. 65

Art. 14

Base Imponible

Art. 58 - Art. 59 - Art. 60

Art. 15 - Art. 16

Sujeto del Impuesto

Art. 62 - Art. 63 - Art. 64

Art. 3 - Art. 10 - Art. 11

Hecho Generador

Art. 61

Art. 8

Crédito Fiscal

Art. 57 - Art. 66

Art. 23 - Art. 24 - Art. 25 - Art. 26 - Art. 27 - Art. 28

Declaración y Pago

Art. 67 - Art. 68 - Art. 69 - Art. 70

Art. 35e - Art. 64

Devolución del IVA

Art. 74

Art. 27 terr.

Exenciones del Impuesto

Art. 54 - Art. 55 - Art. 56

Art. 12 - Art. 13

Tarifa del Impuesto

En Ecuador, la tarifa vigente es del 15 %, mientras que, en Chile, es del 19%. Esta tarifa se aplica sobre la base imponible.

Base Imponible

La base imponible del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Chile y Ecuador es un aspecto fundamental para determinar el monto del impuesto a pagar en las transacciones de ventas y servicios. En ambos países, su determinación se da en función del valor de las operaciones respectivas, ya sea en el contexto de ventas, servicios o importaciones, y se incluyen disposiciones específicas para diferentes situaciones que afectan la determinación. Ambas legislaciones establecen criterios claros para la determinación de la base imponible del IVA, lo que evidencia la simplicidad y transparencia para el respectivo cálculo del impuesto. Además, la inclusión de disposiciones específicas para casos como permuta, retiro de bienes para uso o consumo personal y donaciones en Ecuador, y la consideración de diversos elementos para la base imponible en Chile, demuestran un enfoque detallado y completo en la regulación del IVA en ambos países.

Sujeto del Impuesto

A partir del análisis del contenido de los artículos que explican sobre el sujeto del impuesto en ambos países, se logra comprender que, dicho sujeto se establece con relación a la persona o entidad sujeta a obligaciones fiscales, incluyendo vendedores, importadores, compradores, sociedades, beneficiarios de servicios, contratistas, subcontratistas, entre otros, cada uno con sus respectivas responsabilidades fiscales según la legislación vigente en cada país.

Específicamente en Ecuador, la normativa estudiada clasifica al Sujeto del Impuesto en dos tipos: sujeto activo y sujeto pasivo. Por un lado, el sujeto activo del impuesto del IVA es el Estado, administrado por el Servicio de Rentas Internas, mientras que el sujeto pasivo abarca a los contribuyentes (deudores del tributo ante la administración fiscal, y consumidores finales que asumen la carga económica del tributo), así como a agentes de retención (personas o entidades determinadas por la administración fiscal para efectuar retenciones a la tarifa del IVA). En el caso de Chile, para el cambio de sujeto del tributo (agente retenedor del IVA), el sujeto activo es la Dirección del Servicio de Impuestos Internos. En concreto, en ambas legislaciones se muestran determinaciones claras, estableciendo distintas situaciones que consideran a personas o entidades como sujetos del impuesto.

Hecho Generador

El Hecho Generador del IVA se constituye como el momento en que se generan operaciones sujetas a este impuesto, lo que da paso a la obligación del cobro del mismo. En Ecuador, este hecho generador se verifica en momentos como la transferencia de dominio de bienes muebles corporales, prestaciones de servicios, retiros de bienes objeto de producción o venta, e importación de mercaderías y servicios digitales. Por otro lado, en Chile, el hecho generador del IVA incluye diversas actividades comerciales relacionadas con ventas y servicios, abarcando aspectos como importaciones, contratos comerciales, transferencias de propiedad, retiros e bienes corporales, arrendamientos, seguros y transacciones de servicios internacionales. Se destaca que ambas legislaciones tributarias han incluido recientemente los servicios digitales para el cobro del impuesto.

Crédito Fiscal

En Ecuador y Chile, el crédito fiscal del IVA se rige por disposiciones legales específicas que establecen los derechos y condiciones para su utilización. Dentro de las semejanzas de las disposiciones legales para este apartado, en ambos países los contribuyentes tienen derecho a un crédito fiscal contra el débito fiscal determinado por el mismo período tributario, determinando en sus legislaciones las deducciones permitidas, acreditación de impuestos, entre otros aspectos. En el caso de Ecuador, se destaca que el crédito tributario generado por el IVA pagado puede ser utilizado de acuerdo con ciertas reglas, incluyendo la posibilidad de utilizar el cien por ciento del crédito tributario en determinados casos. Por otro lado, la normativa del régimen tributario en Chile explica, además, formas de cálculo, acumulación de remanentes y su imputación en casos específicos.

Declaración y Pago

La declaración y pago del IVA constituyen obligaciones fundamentales para los sujetos pasivos, siendo crucial para el control efectivo de las administraciones tributarias. A partir del análisis realizado, se identificó que, tanto en Ecuador como en Chile, se establece el cumplimiento de tal obligación en una frecuencia mensual, con fechas limites establecidas por cada grupo de contribuyentes. Sin embargo, en Ecuador, además de las declaraciones mensuales, existe la modalidad semestral para ciertos contribuyentes que realizan actividades económicas con tarifa cero por ciento y no grabados con tarifa del IVA, así como aquellos sujetos a la retención total del IVA causado. Este enfoque diferenciado busca adecuarse a la diversidad de operaciones comerciales y simplificar el cumplimiento tributario para sectores específicos.

Devolución del IVA

Según los artículos revisados en las normativas tributarias de Ecuador y Chile, se evidencian marcadas diferencias sobre su aplicación y alcance. En el caso de Ecuador, este beneficio está destinado a personas con discapacidad, y personas adultas mayores, para sus adquisiciones de productos o servicios de primera necesidad; así mismo, las sociedades que se dediquen a la producción audiovisual realizadas en el plano nacional. Esta medida no solo busca aliviar la carga financiera de sectores vulnerables, sino también fomentar la producción nacional en un área estratégica para el país. En cambio, en Chile, la devolución se vincula estrechamente con la reestructuración empresarial, destinada a contribuyentes en procesos de reorganización financiera bajo la Ley respectiva, con el objetivo que se logre una mayor estabilidad económica y viabilidad empresarial.

Exenciones del Impuesto

Las exenciones del IVA constituyen un beneficio fiscal significativo para las operaciones comerciales, exonerando ciertos actos gravados bajo la ley tributaria. En Ecuador, el régimen tributario detalla actividades exentas, como operaciones empresariales, transmisiones de propiedad y transacciones financieras, además de establecer aquellos productos y servicios que graban tarifa 0%, tales como: alimentos y productos básicos, productos de nutrición y salud, insumos agrícolas y veterinarios, servicios esenciales como transporte, salud y educación, y demás servicios públicos. Por otro lado, en Chile, las exenciones se centran en bienes y servicios específicos, como vehículos usados, especies transferidas como regalía a trabajadores y materias primas nacionales. Aunque también se eximen productos básicos y operaciones internacionales relacionadas con entidades gubernamentales, su enfoque es menos detallado que el de Ecuador.

Una diferencia destacable es que Chile exime servicios profesionales del IVA, mientras que Ecuador no lo hace, lo que permite comprender que Chile busca promover la competitividad y emprendimiento en el sector de los servicios, mientras que en Ecuador se prioriza estimular la inversión. A pesar de estas divergencias, la coincidencia en eximir del IVA a productos básicos y servicios de salud y educación, refleja un compromiso común con el bienestar social y el acceso equitativo a servicios fundamentales.

Reformas al Impuesto al Valor Agregado de Ecuador y Chile, periodo 2000-2022

Reformas del IVA en Ecuador (2000-2022)

El análisis de las reformas tributarias del IVA en Ecuador evidencia modificaciones significativas, enmarcadas por decisiones políticas y sociales de los distintos gobiernos en el periodo estudiado (ver Tabla 3). En primer lugar, se destaca que, durante el período de 2000 a 2006, no se registraron cambios relevantes en las leyes fiscales referente al IVA, lo que puede atribuirse a la inestabilidad política que enfrentaba el país, marcada por cambios frecuentes en la presidencia y una crisis económica derivada de la dolarización y la corrupción política. Sin embargo, a partir de 2008, bajo el gobierno de Rafael Correa, se implementaron diversas reformas que modificaron notablemente el panorama fiscal del país.

En particular, en el 2008, bajo la Ley Orgánica Reformatoria e Interpretativa a la Ley del Régimen Tributario se determina la exención del pago del IVA para las importaciones relacionadas con el transporte comercial de pasajeros, carga y servicios, con el propósito de incentivar el sector del transporte y facilitar el movimiento de bienes y personas en el país. Posteriormente, en 2009, la Ley Reformatoria a la Ley de Régimen Tributario Interno y a la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador incluye dentro de su objeto de aplicación, los bienes muebles de naturaleza corporal, incluidos los derechos de autor; además, se establece la exención de IVA para exportadores de productos básicos, promoviendo la competitividad del sector empresarial nacional.

En el 2011, mediante Decreto Ejecutivo 873 se prohíben los juegos al azar, lo que implicó que la administración tributaria dejara de percibir el IVA por este concepto. Seguidamente, el año siguiente se estableció en la Ley Orgánica de Redistribución de los Ingresos para Gasto Social, que los servicios financieros prestados por instituciones financieras grabaran tarifa 12%, con el propósito de incrementar los ingresos fiscales. Para el año 2012, se estableció que los servicios financieros brindados por instituciones autorizadas graben tarifa 12% de IVA, lo cual se justifica en la Ley Orgánica de Redistribución de los Ingresos para Gasto Social.

En este periodo de gobernanza de Rafael Correa, las reformas continuaron de forma progresiva en los años siguientes, principalmente con excepciones y beneficios tributarios para el cumplimiento de las debidas obligaciones referente al IVA. Dentro de las reformas principales se amplió la lista de bienes grabados con tarifa 0% en el año 2013, como el caso del oro adquirido por el Banco Central, ya sea de forma directa o por intermediaros, así también, en el año 2014 se otorgó la exoneración de este tributo a las cocinas eléctricas y de inducción, como un incentivo para su adquisición. En esta misma línea de los incentivos, mediante la Ley Orgánica de Remisión de Intereses, Multas y Recargos se otorgó una condonación temporal de los valores adicionales generados en obligaciones pendientes en el año 2015.

Por primera vez en el periodo de presidencia, este gobierno tuvo que enfrentar una fuerte crisis social y económica a raíz del Terremoto del 16 de abril del 2016, razón por la cual se creó la Ley Orgánica de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana, en la que se estableció el incremento temporal de dos puntos porcentuales a la tarifa del IVA, a excepción de la provincia de Manabí y Esmeraldas debido a su grado mayoritario de afectación. Luego de un año que tuvo vigencia el incremento del IVA, su tarifa se reguló al 12% tal como se había establecido en la Ley señalada.

Por otro lado, en el año 2019, durante el gobierno de Lenin Moreno se incluyó una nueva reforma importante en el contexto social, referente a la inclusión de los seguros de salud y vida dentro de la lista de servicios con tarifa 0%, la cual tiene su respaldo la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador. Concluyendo el periodo de análisis, en el 2021 el país arrastró una crisis sanitaria, al igual que el resto de países del mundo, debido a la propagación del virus Covid-19. Esta crisis se enfrentó en medio del liderazgo del expresidente Guillermo Laso, mismo que, a través de Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19 extendió la lista de bienes con tarifa 0%, particularmente con los insumos sanitarios; adicionalmente, en esta ley se estableció la devolución del IVA a exportadores, no siendo aplicable a las actividades relacionadas con recursos no renovables; y se estableció la potestad del gobernante, de reducir mediante Decreto Ejecutivo la tarifa del IVA de un 12% hasta un 8% para las actividades turísticas específicamente en feriados o fines de semana, no debiendo pasar de un periodo de doce días en el año.

En este análisis resulta importante mencionar las reformas con mayor relevancia luego del periodo de estudio 2000-2022, ya que son las que enmarcan la realidad actual de la imposición del IVA en Ecuador. En el 2023 entró en vigencia la presidencia de Daniel Noboa, en el cual se ha incrementado la tarifa del IVA, pasando de un 12 % vigente durante 23 años (con incrementos y reducciones temporales), a un 15 %. Esta tarifa entró en vigor desde el primero de abril del 2024, a raíz de una crisis de seguridad que azota al país.

Reformas del IVA en Chile (2000-2022)

Las reformas del IVA en Chile presentan una serie de ajustes en el sistema tributario en las dos últimas décadas, con el objetivo de adaptarse a las necesidades económicas y sociales, así como a las demandas equidad fiscal (ver Tabla 4). Estas reformas se enmarcan principalmente en ampliación de la base imponible del impuesto mediante la inclusión de más bienes y servicios sujetos al mismo, así como la introducción de exenciones específicas. Además, se destaca la condonación de multas e intereses por obligaciones vencidas del IVA y la ampliación del plazo para presentar las declaraciones, en periodos puntuales a las crisis suscitadas, como el terremoto del 2010 y la pandemia del 2019.

Las reformas del periodo estudiado inician en el gobierno de Ricardo Lagos, con una disposición transitoria del alza en la tarifa del IVA, pasando del 18 % al 19 % en el 2023, descrita en la Ley N° 19.888, en la cual se especificó, además, que la tarifa se regularía nuevamente al 18 % en el 2007. No obstante, bajo el mandato de Michelle Bachelet, se derogó el numeral de la ley que indicaba retornar al 18 %, quedando como tarifa vigente del IVA, una tasa del 19 %.

A partir de lo expuesto anteriormente, no se evidencian reformas sustanciales en el IVA, salvo por la postergación de las obligaciones tributarias y la condonación de multas debido a la falta de declaración puntual de este impuesto, como una medida temporal ante la crisis desencadenada por el terremoto en 2010. Sin embargo, durante el segundo mandato de Michelle Bachelet (2014-2018), bajo un enfoque de redistribución económica y fiscal, se experimentaron reformas importantes en todo el sistema tributario, mismas que se presentan en la Ley N° 20.780: Reforma Tributaria que Modifica el Sistema de Tributación de la Renta e introduce Diversos Ajustes en el Sistema Tributario. Dentro de las principales modificaciones en cuanto al IVA se destaca la exoneración del pago de este impuesto a la importación realizada por los Cuerpos de Bomberos, y a las operaciones de bienes y muebles corporales; también se determina la postergación del pago del IVA en beneficio de un grupo especifico de contribuyentes; así como el derecho a crédito fiscal por IVA.

Una vez concluido el periodo anterior, el presidente vigente en el 2018-2022, Sebastián Piñera promulgó la Ley de Modernización Tributaria, en la que se estableció una serie de reformas. En el 2018, estas medidas incluyeron la actualización de la lista de instituciones y operaciones exoneradas del IVA, como los arriendos de inmuebles a turistas extranjeros, la importación de bienes de capital, y las prestaciones de salud. Así mismo, se introdujeron disposiciones para facilitar la devolución del IVA en el sector de la construcción, en Procedimientos Concursales de Reorganización, en la exportación y en la compra de viviendas económicas.

De manera similar a lo ocurrido durante la crisis económica y social del 2010, en el año 2019, mediante Decreto 420, se implementaron medidas temporales que incluyeron la postergación de plazos para la presentación de declaraciones del IVA y la aplicación de beneficios de remisión para obligaciones vencidas, ante la emergencia sanitaria de la pandemia. En el año siguiente, en el marco de la Ley de Modernización Tributaria, se amplió la base imponible del impuesto para incluir servicios remotos remunerados ofrecidos por contribuyentes sin domicilio en Chile, con el propósito de adaptar el sistema tributario a los avances tecnológicos y a la globalización económica, asegurando que se graven adecuadamente las transacciones económicas que se realizan en el país, incluso si los proveedores de servicios no tienen presencia física en territorio chileno.

Las reformas del IVA durante el periodo 2000-2022 llegaron a su conclusión durante el gobierno de Piñera con la promulgación de la Ley N° 21.420, en la que se introducen modificaciones significativas en el crédito especial del IVA aplicado a los contratos de construcción. Entre las disposiciones más destacadas se encuentra la reducción de los porcentajes de este beneficio, así como la programación de su eliminación gradual en los años posteriores, culminando en el año 2025.

Recaudaciones fiscales correspondientes al Impuesto al Valor Agregado en Ecuador y Chile periodo 2000-2022

Las recaudaciones fiscales sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Ecuador y Chile durante el periodo de 2000 a 2022 son objeto de análisis en este apartado de análisis comparativo, con el propósito de explorar las tendencias en la recaudación, y analizar los factores que han influido en su evolución a lo largo del tiempo. Para este fin se recolectaron datos de fuentes oficiales en las administraciones tributarias de cada país, tomando los datos específicos del periodo de estudio, comprobando que la información este disponible para todos los años, en ambas administraciones.

En general, se observa un aumento constante en los montos recaudados en ambos países a lo largo de los años, lo que sugiere un crecimiento económico sostenido y una mayor eficiencia en la administración tributaria (ver Figura 1 y 2). Sin embargo, es interesante notar que, a pesar de este crecimiento, el porcentaje de participación del IVA en la recaudación total ha experimentado cierta variabilidad a lo largo del tiempo en ambos países (ver Figura 3). En Ecuador, este porcentaje osciló entre el 43 % y el 63 %, con una tendencia general a la baja en los últimos años, mientras que en Chile fluctuó entre el 42 % y el 53 %.

Figura 1. Ecuador: Evolución de la recaudación del IVA en relación a la recaudación total de impuestos (2000-2022)

Figura 2. Chile: Evolución de la recaudación del IVA en relación a la recaudación total de impuestos (2000-2022)

Figura 3. Participación del IVA en las recaudaciones totales de Ecuador y Chile

(2000-2022)

Discusión

A partir de la revisión documental de las leyes que rigen la implementación del IVA en Chile y en Ecuador, se resaltan varios puntos a discutir, referente a las diferencias en la tarifa, las devoluciones y exenciones del impuesto. En primer lugar, la tarifa del IVA en Ecuador es cuatro puntos menores que la de Chile, considerando el reciente incremento de tres puntos, siendo por más de dos décadas, una de las tasas más bajas de la región latinoamericana (Hidalgo, 2023; Andrade et al., 2024). Por el contrario, la tarifa del IVA en Chile ha sido invariable en los últimos once años, caracterizada por ser una de las más altas de la región, cuyo impacto genera cierto nivel de regresión, tal como se determina García (2021).

Por otro lado, las divergencias en las políticas tributarias sobre la devolución y exenciones del IVA no solo demuestran diferentes enfoques en la gestión fiscal, sino también distintas prioridades en cuanto al desarrollo económico y social. En el caso de Chile, su normativa tributaria no establece tasas del IVA diferenciadas, exoneraciones y beneficios para grupos vulnerables, generando que este impuesto se considere regresivo (Biehl et al., 2019; Thomas, 2022; Hernández y Redobran, 2022; Guerrero et al., 2024). Mientras que, en Ecuador, la lista de bienes y servicios incluidos en las exenciones del IVA, así como los beneficiarios de las devoluciones del impuesto ha sido un mecanismo que ha generado la atención de políticos y académicos, ya que son factores que permiten avanzar en términos de progresividad tributaria (Hidalgo, 2023). Conforme el análisis de Centeno et al. (2022), el IVA puede no considerarse un impuesto regresivo en Ecuador, ya que en teoría se establecen los principios que lo impiden, pero una vez en la práctica se concluye que no todos los consumos exonerados responden a la satisfacción de necesidades básicas, además de que, al ser un impuesto indirecto, no se consideran niveles de ingresos ni situaciones sociales, tal como sucede en Chile.

En el caso particular de las devoluciones del IVA a personas con tercera edad en Ecuador, su implementación representa un gasto tributario levemente significativo (Hidalgo, 2023), sin embargo, para los beneficiaros genera un impacto realmente favorable (Granda et al., 2019; Tumbaco y Quiñonez, 2023; Vera y Mendoza, 2024). En este punto vale aclarar que, el bajo nivel de afectación que genera este gasto tributario, se debe a que no todos los adultos mayores hacen uso de este beneficio, lo cual se debe principalmente al desconocimiento de su existencia y del procedimiento para obtenerlo (Granda et al., 2019).

Sobre las reformas tributarias del IVA a partir del año 2000, en el caso de Ecuador se evidencia una tendencia hacia la expansión de la base imponible, así como una combinación de medidas para incentivar ciertos sectores económicos y al mismo tiempo aumentar los ingresos fiscales, lo cual es reforzado por el análisis de Moran y Coello (2023). Sin embargo, también se observa cierta volatilidad en las políticas fiscales, especialmente con cambios significativos implementados en períodos cortos de tiempo, mismos que se han caracterizado por crisis en el área social, económica, sanitaria y de seguridad.

Por su parte, el análisis exhaustivo de las reformas del IVA en Chile muestra un proceso de adaptación constante del sistema tributario a las necesidades económicas y sociales del país, bajo un direccionamiento de crecimiento económico y atracción de la inversión (Cabrera, 2022). A pesar de que los efectos de las reformas han sido moderadamente positivos, no se ha logrado aliviar la carga fiscal a grupos con menos recursos, manteniendo condiciones impositivas que no diferencian estratos económicos y sociales (Atria, 2023). En esto concuerdan Guerrero et al. (2024), quienes determina que, e estas reformas han generado complejidades y desincentivos que afectan principalmente al sector de pequeñas y medianas empresas.

En términos de recaudación, el análisis sugiere que, aunque el IVA sigue siendo una fuente importante de ingresos fiscales en ambos países, su contribución relativa a la recaudación total puede verse afectada por diversos factores económicos y políticos a nivel nacional e internacional. En el caso de Chile, Guerrero et al. (2024) coinciden con este resultado, acotando que, pese a los múltiples esfuerzos en obtener mayores niveles de recaudación, los montos totales resultan insuficientes para atender las demandas sociales. Por otro lado, Andrade et al. (2024) señala que, en Ecuador, la recaudación obtenida por el tributo del IVA representa un mecanismo irrenunciable para el Estado, debido a su importante participación en la recaudación global, lo que permite hacerles frente a las demandas sociables de naturaleza permanente. No obstante, según el análisis de Chávez et al. (2020), la recaudación de este impuesto se ve afectada por factores de elusión y evasión, logrando incrementar la brecha fiscal.

Conclusiones

La estructura tributaria del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Ecuador y Chile refleja un marco legal sólido que establece los principios y disposiciones para su aplicación, sin embargo, existen diferencias en algunos aspectos de la estructura tributaria, como las tasas impositivas, las exenciones específicas, y destinatarios de las devoluciones del IVA. A pesar de esto, se destaca que ambos países han desarrollado sistemas basados en promover la equidad, la eficiencia y la transparencia en la recaudación de este impuesto, razón por la cual han surgido múltiples reformas a lo largo de los años, logrando adaptar el sistema tributario a las necesidades económicas, tecnológicas, y sociales cambiantes, además de responder ante crisis económicas, sociales y sanitarias, con medidas temporales para aliviar la carga fiscal sobre los contribuyentes afectados.

Uno de los datos relevantes en el análisis, es que, en el caso de Ecuador, se evidencia mayor inestabilidad política y problemas de corrupción, lo que ha propiciado los múltiples cambios de mando, y, por ende, mayores reformas que buscan alinearse a sus objetivos independientes de gobierno. Por otro lado, en Chile, a pesar de que ha logrado mayor estabilidad en el tema político, se evidencian mejoras necesarias para que lograr mayor equidad fiscal, debiendo enfocar los incentivos tributarios del IVA en sectores económicos vulnerables, como los adultos mayores, y personas con discapacidad, tal como lo hace Ecuador.

En términos de recaudación, efectivamente se evidencia un incremento en los ingresos tributarios por concepto de IVA, sin embargo, esto no garantiza una mejora en la equidad fiscal ni en el bienestar económico de la población. Por lo tanto, resulta crucial que se realicen nuevas investigaciones que profundicen en los resultados de este análisis, especialmente en lo que respecta a su relación con los factores sociales. El estudio revela información importante para los responsables de la formulación de políticas, académicos y otros actores interesados en comprender la dinámica del IVA en Chile y Ecuador. Estos resultados pueden servir como referencia comparativa para otros países de la región.

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Conflicto de intereses

Los autores declaran no tener ningún conflicto de intereses.

Declaración de responsabilidad de autoría

Los autores del manuscrito señalado, DECLARAMOS que hemos contribuido directamente a su contenido intelectual, así como a la génesis y análisis de sus datos; por lo cual, estamos en condiciones de hacernos públicamente responsable de él y aceptamos que sus nombres figuren en la lista de autores en el orden indicado. Además, hemos cumplido los requisitos éticos de la publicación mencionada, habiendo consultado la Declaración de Ética y mala praxis en la publicación.

Digna María Basurto Intriago, Verónica Isabel Muñoz Anchundia y Mario Marlon Zambrano Segovia: Proceso de investigación. revisión de literatura y redacción del artículo.

Oswaldo Vinicio Loor Pinargote y Karen Vanessa Párraga Montesdeoca: Revisión y corrección de la redacción del artículo.