Maestro y Sociedad e-ISSN 1815-4867

Volumen 21 Número 3 Año 2024

Artículo original

Modelo de la dinámica contextualizadora conflictual de la formación posgraduada en arbitraje internacional para asesores jurídicos

Model of the conflictual contextualizing dynamics of postgraduate training in international arbitration for legal advisors

Modelo da dinâmica contextualizadora de conflitos da formação pós-graduada em arbitragem internacional para assessores jurídicos

Dr. C. Reynaldo Manuel Tarragó Ayra, https://orcid.org/0000-0001-6480-6474

Dr. C. Celia Araujo Quintero, https://orcid.org/0000-0002-4321-5429

Universidad de Oriente, Cuba

*Autor para correspondencia. email rtarrago@uo.edu.cu

Para citar este artículo: Tarragó Ayra, R. M. y Araujo Quintero, C. (2024). Modelo de la dinámica contextualizadora conflictual de la formación posgraduada en arbitraje internacional para asesores jurídicos. Maestro y Sociedad, 21(3), 1163-1175. https://maestroysociedad.uo.edu.cu

RESUMEN

Introducción: El presente artículo expone los fundamentos teóricos del modelo de la dinámica contextualizadora conflictual de la formación posgraduada en arbitraje internacional para los asesores jurídicos desde la perspectiva del enfoque holístico-configuracional, el cual es expresión de las relaciones esenciales que entre sus configuraciones se establecen, desde las cuales se originan los movimientos que dan lugar a nuevas cualidades para la transformación del objeto modelado. La capacidad de reconocer los principios y la norma aplicable a la solución de conflictos ante un proceso de arbitraje internacional en el que esté presente un elemento extranjero, en las relaciones jurídicas de exportación e importación hacen de esta simbiosis una práctica jurídica en formación para estos operadores del Derecho, a partir de la gestión de arbitraje internacional. Materiales y métodos: Para esta investigación se utilizaron diversos métodos como análisis y síntesis, hermenéutico-dialéctico, análisis histórico-jurídico, análisis teórico-jurídico y método exegético-jurídico. Resultados: Se hace necesario partir de la resignificación de la dinámica contextualizadora conflictual de la formación posgraduada en arbitraje internacional para los asesores jurídicos, lo que se interpreta como un proceso formativo integrado en derecho internacional privado para reconocer, identificar y orientar la efectiva práctica jurídica cuando se suscite un proceso de litis o arbitraje donde intervenga un elemento extranjero. Discusón: La modelación realizada concibe la dinámica contextualizadora conflictual de la formación posgraduada en arbitraje internacional para los asesores jurídicos, a través de los movimientos que se establecen en dos dimensiones fundamentales: dimensión contextualizadora en arbitraje internacional y dimensión conflictual en arbitraje internacional, las cuales son expresión del carácter de la apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional como célula dinamizadora del proceso, que media entre práctica de la superación profesional para el arbitraje internacional y el afianzamiento para la comprensión del conflicto de ley, como lógica de sistematización. Conclusiones: Las relaciones esenciales que se revelan en la integración de estos movimientos, garantizan una dinámica pertinente, a partir de resignificar la apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional para los asesores jurídicos como proceso de sistematización que condiciona una cultura en arbitraje internacional para el desarrollo de su desempeño profesional.

Palabras clave: Arbitraje internacional, dinámica contextualizadora conflictual, formación posgraduada.

Abstract

Introduction: This article presents the theoretical foundations of the model of the contextualizing conflict dynamics of postgraduate training in international arbitration for legal advisors from the perspective of the holistic-configurational approach, which is an expression of the essential relationships established between its configurations, from which the movements that give rise to new qualities for the transformation of the modeled object originate. The ability to recognize the principles and the applicable norm to the solution of conflicts before an international arbitration process in which a foreign element is present, in the legal relations of export and import make this symbiosis a legal practice in training for these operators of the Law, from the management of international arbitration. Materials and methods: For this research, various methods were used such as analysis and synthesis, hermeneutic-dialectical, historical-legal analysis, theoretical-legal analysis and exegetic-legal method. Results: It is necessary to start from the re-signification of the contextualizing conflictual dynamics of postgraduate training in international arbitration for legal advisors, which is interpreted as an integrated training process in private international law to recognize, identify and guide the effective legal practice when a litigation or arbitration process arises where a foreign element intervenes. Discussion: The modeling carried out conceives the contextualizing conflictual dynamics of postgraduate training in international arbitration for legal advisors, through the movements that are established in two fundamental dimensions: contextualizing dimension in international arbitration and conflictual dimension in international arbitration, which are an expression of the character of the appropriation of legal professionalization in international arbitration as a dynamic cell of the process, which mediates between the practice of professional improvement for international arbitration and the strengthening for the understanding of the conflict of law, as a logic of systematization. Conclusions: The essential relationships revealed in the integration of these movements guarantee a relevant dynamic, based on redefining the appropriation of legal professionalization in international arbitration for legal advisors as a systematization process that conditions a culture in international arbitration for the development of their professional performance.

Keywords: International arbitration, conflictual contextualizing dynamics, postgraduate training.

Resume

Introdução: Este artigo expõe os fundamentos teóricos do modelo da dinâmica contextualizadora conflitual da formação pós-graduada em arbitragem internacional para assessores jurídicos na perspectiva da abordagem holístico-configuracional, que é expressão das relações essenciais que se estabelecem entre suas configurações. , de onde se originam os movimentos que dão origem a novas qualidades para a transformação do objeto modelado. A capacidade de reconhecer os princípios e regras aplicáveis à resolução de conflitos num processo de arbitragem internacional em que esteja presente um elemento estrangeiro, nas relações jurídicas de exportação e importação faz desta simbiose uma prática jurídica na formação destes operadores do Direito, assente na gestão. da arbitragem internacional. Materiais e métodos: Para esta pesquisa foram utilizados diversos métodos como análise e síntese, análise hermenêutico-dialética, histórico-jurídica, análise teórico-jurídica e método exegético-jurídico. Resultados: É necessário partir da ressignificação da dinâmica contextualizadora conflitual da formação pós-graduada em arbitragem internacional para assessores jurídicos, que é interpretada como um processo integrado de formação em direito internacional privado para reconhecer, identificar e orientar a prática jurídica eficaz quando um litígio ou O processo de arbitragem surge quando um elemento estrangeiro intervém. Discussão: A modelagem realizada concebe a dinâmica contextualizadora conflitante da formação pós-graduada em arbitragem internacional para assessores jurídicos, por meio dos movimentos que se estabelecem em duas dimensões fundamentais: dimensão contextualizadora na arbitragem internacional e dimensão conflituosa na arbitragem internacional, que são expressão da natureza da apropriação da profissionalização jurídica na arbitragem internacional como célula dinâmica do processo, que faz a mediação entre a prática do aperfeiçoamento profissional para a arbitragem internacional e o fortalecimento da compreensão do conflito de leis, como lógica de sistematização. Conclusões: As relações essenciais que se revelam na integração destes movimentos garantem uma dinâmica pertinente, a partir da ressignificação da apropriação da profissionalização jurídica na arbitragem internacional para os consultores jurídicos como um processo de sistematização que condiciona uma cultura na arbitragem internacional para o desenvolvimento da sua profissão. desempenho.

Palavras-chave: Arbitragem internacional, dinâmica contextualizadora de conflitos, formação pós-graduada.

Recibido: 21/12/2023 Aprobado: 15/2/2024

Introducción

En la modelación de la dinámica contextualizadora conflictual de la formación posgraduada en arbitraje internacional para los asesores jurídicos, se asumen como fundamentos teóricos esenciales: desde lo epistemológico, la concepción holístico–configuracional, de fuentes et al (2009 y 2011) que permiten desde una construcción científica el establecimiento de las dimensiones, las configuraciones y el sistema de relaciones que son expresión del movimiento continuo del proceso.

Al considerar los fundamentos de fuentes (2009) en la Didáctica de la Educación Superior se resignifica el desarrollo del proceso didáctico de la formación posgraduada a partir de un proceso de enseñanza–aprendizaje, que en su dinámica facilita construir y reconstruir esta figura a una dimensión con un alto nivel en la formación, es decir, la formación profesional que se desarrolla a través de la investigación de avanzada con un carácter profesionalizante, que se sustenta en la Pedagogía.

Ello favorece su reconstrucción, desde su particularidad para la dinámica contextualizadora conflictual, al connotarla como un proceso pedagógico que garantiza la concientización y necesidad de identificar y solucionar conflictos mediados por un elemento extranjero y su relación con la lex mercatorum para promover el desarrollo de la economía nacional.

Son referentes los criterios científicos de la superación profesional desde la visión pedagógica, los que se asumen de Delgado (2008) y López (2014), a partir de examinar el desarrollo de la sociedad y sus vínculos con la ciencia, la técnica, la tecnología, y el arte que conllevan a su vez al desarrollo profesional.

Todo lo cual posibilitó orientar la lógica pedagógica modelada desde una comprensión real de la teoría en su vínculo con la práctica profesional según Tarragó et al (2019) a través del reconocimiento, en la dinámica contextualizadora conflictual que se propone, de las potencialidades formativas de las problemáticas profesionales emergentes a partir del desarrollo de la ciencia y la técnica para fortalecer la formación posgraduada en arbitraje internacional para los asesores jurídicos.

Los fundamentos en esta investigación, desde lo filosófico, se expresan en el ascenso de lo abstracto a lo concreto y de ahí a la práctica como criterio de la verdad. Por otra parte, se interpreta y argumenta a partir de las relaciones contradictorias que se dan entre lo conocido y lo desconocido, el ser y el debe ser; entre lo tradicional en la instrucción desde un proceso didáctico a partir de la práctica de la superación profesional, lo que muestra cómo en el proceso de formación posgraduada en arbitraje internacional para los asesores jurídicos se evidencia la constante transformación del conocimiento científico y viceversa, como nivel de esencia, lo que se concreta en las relaciones entre categorías dialécticas que les sirven de cimientos.

La teoría vigotskiana, que asume la dialéctica materialista como un método general de conocimiento, argumenta en el orden teórico el carácter psicológico de la propuesta, a partir del desarrollo psíquico como un proceso interno con una marcada determinación externa de carácter socio-cultural (Vigotski, 1987).

Constituyen fundamentos sociológicos, las concepciones de la educación al reconocer el desarrollo de los sujetos con la influencia de la educación y el medio social en que se desenvuelven, al establecer, por medio de sus actividades productivas, relaciones históricas concretas entre sí y con los medios de producción. Se advierte, por tanto, que la pertinencia, el impacto, la relevancia y la calidad del proceso de formación posgraduada en arbitraje internacional para los asesores jurídicos deben estar dirigidos hacia la búsqueda de la transformación cualitativa del desempeño del profesional.

Desde lo jurídico, Dávalos (2007) sistematiza el proceso histórico de la inversión extranjera en Cuba, como forma económica primigenia, el cual surgió en el sector económico estatal, mediante el Decreto No. 5 del 22 de septiembre de 1977, Reglamento del proceso inversionista, regulador de la concepción, plan, organización, ejecución y control de las inversiones de las entidades estatales en función de los objetivos del plan único de desarrollo económico social, donde se entiende por inversiones, las que, a su estructura tecnológica, comprenden trabajo de construcción y montaje, con independencia de su carácter productivo o no. A partir de los cambios políticos, sociales y económicos del país, ha ido mutando en un proceso inversionista con gran flujo de capital extranjero y retos en su efectiva implementación, derivado de cánones y conceptos no atemperados a la realidad existente.

Como antecedentes propios de la inversión y la presencia del elemento extranjero en Cuba, el Estado sostuvo un largo impase en el tema de arbitraje internacional a partir de la Ley de Nacionalizaciones de empresas extranjeras, hasta casi finales de la década de los setenta del siglo pasado y los inicios de los años ochenta, sobre todo con su entrada en el CAME (Consejo de Ayuda Mutua Económica), donde se impulsaron inversiones con los países del bloque político socialista, lo cual compulsó a que se tuviera que comenzar a ordenar de mejor manera la empresa estatal socialista como denominación empresarial, buscando más eficiencia a partir de la inversión lata, correspondiéndose a una estrategia general del desarrollo socioeconómico del país.

El Estado cubano necesitaba de inyección de capital, materias primas, incorporación de tecnologías y mercados, que no estaban al alcance. En tal sentido, era imprescindible establecer un régimen legal al respecto que consolidara la política a seguir respecto a la inversión extranjera; razón por la cual se dictó el Decreto Ley No. 50 del 15 de febrero de 1982 sobre asociaciones económicas entre entidades cubanas y extranjeras. De tal forma, se desarrollaron las relaciones económicas entre empresas estatales cubanas y empresas extranjeras, en consonancia con la política económica del momento, que entre otras prioridades eran esenciales la expansión de las exportaciones y el desarrollo del turismo extranjero.

A ello se suma la promulgación de la Ley No. 77 del 5 de septiembre de 1995, Ley de la Inversión Extranjera. Ya en 1992 había sido reformada la Constitución de la República en previsión de la necesidad de una nueva ley de inversión extranjera. La reforma constitucional reconoció, entre otras formas de propiedad, la de las empresas mixtas, sociedades y asociaciones económicas que se constituyan conforme a ley y previo, en relación con la propiedad estatal y con el carácter excepcional, si resultara útil la transmisión en propiedad, total o parcial, de objetivos económicos destinados a su desarrollo, dispuesto en su artículo 15, con la necesidad posterior, a raíz de la constante actualización del modelo económico cubano, de perfeccionar la norma legal en materia de arbitraje internacional primero con la Ley No.118 de 2014 y luego armonizar el reconocimiento de la inversión extranjera, de nuevos actores económicos contenidos en la Carta Magna y la adecuación de las Reglas de arbitraje y del propio arbitraje en sede de mediación .

Materiales y métodos

La modelación de la dinámica contextualizadora conflictual de la formación posgraduada en arbitraje internacional para los asesores jurídicos determina que la dinámica no es más que el proceso jurídico, cultural y pedagógico que expresa el movimiento del proceso de formación de posgrado en arbitraje internacional, que le incorpora al asesor jurídico las conductas a seguir para apropiarse de los saberes necesarios contentivos al uso efectivo de las normas procesales sobre arbitraje internacional y las disposiciones emitidas por el Ministerio de Comercio Exterior e Inversión Extranjera sobre las capacidades y facultades de exportación e importación del país, así como laudos arbitrales.

Se establecen en la presente investigación como métodos teóricos:

Resultados

Se hace necesario partir de la resignificación de la dinámica contextualizadora conflictual de la formación posgraduada en arbitraje internacional para los asesores jurídicos, lo que se interpreta como un proceso formativo integrado en derecho internacional privado para reconocer, identificar y orientar la efectiva práctica jurídica cuando se suscite un proceso de litis o arbitraje donde intervenga un elemento extranjero.

Como puede apreciarse constituye un proceso cíclico progresivo, que establece un movimiento diferenciado al nivel de la formación posgraduada en el orden didáctico que garantiza la lógica de la sistematización de la apropiación de la profesionalización jurídica para la solución de conflictos.

Esta perspectiva se considera como categoría esencial de este proceso de apropiación de la profesionalización jurídica para la solución de conflictos como lógica de sistematización, en tanto expresa la contextualización y regulación del entramado de conocimientos relativos al reconocimiento, identificación y orientación de los procesos de arbitraje que forman parte de las relaciones jurídicas que los asesores sustancian. En función de ello, se ofrecen cursos investigativos para los asesores jurídicos que los ayudan a transformar sus habilidades y competencias laborales para el perfeccionamiento de su desempeño profesional.

Desde los aspectos fundamentales generales y específicos, como presupuestos de la modelación de la dinámica contextualizadora conflictual de la formación posgraduada en arbitraje internacional para los asesores jurídicos, se logra establecer dos dimensiones esenciales: la dimensión de contextualización y la dimensión conflictual.

A continuación, se argumentan cada una de estas dimensiones a partir de sus configuraciones:

Dimensión de contextualización en arbitraje internacional

Explicar esta dimensión del proceso significa elucidar como expresión de su movimiento, a partir de las relaciones esenciales que se producen entre sus configuraciones, procesos intrínsecos e inherentes, a la vez indispensables en la formación posgraduada en arbitraje internacional. En este caso, se revela la interrelación que se enuncia entre los pares dialécticos mediados y que se establecen entre el reconocimiento de los principales cambios en la conflictividad de las relaciones comerciales externas y la identificación de los litigios internacionales, que condicionan la apropiación de la profesionalización jurídica en la solución de conflictos como eje de sistematización, y el desarrollo de los conflictos societarios como la configuración que intenciona la modelación.

El reconocimiento de documentos y actos en las relaciones comerciales internacionales como configuración, es el proceso que en la formación posgraduada en arbitraje internacional para los asesores jurídicos conduce al desarrollo de la concientización, sensibilización y admisión de los actos y negocios jurídicos celebrados en un país determinado, susceptibles de ser reconocidos extraterritorialmente, a partir del principio locus regit actum; quiere esto decir que los actos celebrados en el extranjero deben cumplir los requisitos de fondo de la ley que los rige, y los de forma será en dependencia del país donde se celebran o realizan.

Se explicita, desde lo formativo, una posición dialéctica en la construcción del conocimiento sobre comercio exterior e arbitraje internacional, alcanzados durante el ejercicio profesional, desde el momento en que el asesor jurídico, al lograr identificar la relación jurídica, reconoce el efecto ulterior de esta y apunta hacia la solución de determinado conflicto, por lo que resulta válida esta concientización al no tratarse de una relación jurídica cualquiera, sino que tiene una dimensión conflictual a partir de los constructos, procesos societarios y de aplicación en la realidad.

De igual forma, esta configuración encamina los pasos esenciales a potenciar en el asesor jurídico a sensibilizarse con los tratos jurídicos alcanzados, sobre todo en confirmar que los documentos y actos, a partir de su relevancia social, permiten la ejecución de los tratos sucesivos relativos a la relación jurídica comercial y su resignificación, lo cual es muy importante tener en cuenta durante su formación ya que permite obtener bienes y servicios a partir de estas relaciones mercantiles, que los permea de cultura jurídica y capacidad generadora, tendentes a mejorar su desempeño profesional.

En otro sentido, se concreta entre las posibilidades y realidades, que el asesor jurídico reconozca los principios y la norma aplicable a la solución de conflictos ante un proceso de arbitraje internacional en el que esté presente un elemento extranjero de carácter societario, como bien señala Rodríguez (2016) y fomentar la cultura iusprivista del derecho.

Desde esta perspectiva, en esta configuración, se establecen las bases de la esencia hermenéutica dialéctica del proceso de construcción del reconocimiento de documentos y actos en las relaciones comerciales internacionales y su implicación para el desarrollo humano.

En tal sentido, debe valorarse el reconocimiento de documentos y actos extranjeros como categoría generadora dentro del proceso de formación posgraduada en arbitraje internacional, que permite al asesor jurídico sensibilizarse con la necesidad de ubicar los conflictos de leyes derivados de los usos del comercio y de la arbitraje internacional, para así adquirir la habilidad de reconocimiento de conflicto de ley e incorporar valores propios del ejercicio de la práctica jurídica como son la equidad, la imparcialidad, el apego a las normas, la profesionalización jurídica y la ética legal.

El reconocimiento de documentos y actos en las relaciones comerciales internacionales, por consiguiente, queda definido, a efectos de la dinámica contextualizadora regulatoria conflictual, como la configuración que es expresión del proceso estratégico y consciente de la formación posgraduada en arbitraje internacional, con carácter perceptual, operacional y estructurador, donde se dinamizan esquemas cognitivos, afectivos y operaciones legales-estratégicas por el asesor, en función no solo de la concientización y sensibilización de la importancia del acto jurídico realizado, sino de su ubicación en la ley y los entramados de la aplicación de la ley en ocasión de su conflictividad, a partir de la necesidad de operacionalizar las normas y principios del derecho internacional privado.

En relación dialéctica con el reconocimiento de documentos y actos en las relaciones comerciales internacionales en la formación posgraduada en arbitraje internacional para los asesores jurídicos se encuentra la configuración de la identificación de la ley aplicable, la cual constituye un proceso clave en el proceso formativo, al reconocer el asesor jurídico la norma aplicable en materia de arbitraje internacional y la relación jurídica contractual que de ella se derive, así como la fijación de la ley aplicable en caso de litis o arbitraje y las posibles rutas legales en los que puede moverse según el tipo de relación jurídica contractual y la modalidad del arbitraje ante la existencia de litis y conflicto de ley.

Es indispensable establecer el carácter de lo identificativo, ya que no solo se trata de determinar la legislación aplicable, sino que se requiere también en esta formación la caracterización de la relación jurídica y la ley a fijar, pues propicia la práctica de solución de conflictos como expresión del arbitraje derivadas del incumplimiento de las relaciones jurídicas en la inversión extranjera.

Por otra parte, es indispensable que el asesor jurídico transite por el proceso de tipificación y filiación de estas relaciones comerciales internacionales, los cuales conllevan a la identificación, clasificación, caracterización, descripción y evaluación, para que sea solucionado el conflicto de ley.

A la vez, se tiene en cuenta, que no puede eludirse en este proceso formativo el carácter de identidad que se manifiesta en estas relaciones comerciales internacionales, porque es allí donde los asesores comprenden e interpretan el carácter sui géneris de estas, que se condicionan a partir de un conflicto de ley, por eso su carácter de identidad marca la impronta en este proceso de identificación, que es declarado en la formación posgraduada en arbitraje internacional para los asesores jurídicos, como condición sine qua non para poder desarrollar y obtener habilidades negociales que dinamice el proceso formativo.

La identificación de la ley aplicable establece en esta dinámica una lógica polivalente en la formación posgraduada en inversión extranjera, a partir de resignificarse la contextualización societaria del asesor, quien ha revelado nuevas relaciones y nexos en el reconocimiento de documentos, actos, normas, principios, mercados, ramas del derecho, relaciones, titularidades, tipos de contratos mercantiles, convenios, tratados y modos de arbitraje, por eso resulta importante llevar a cabo este proceso multifactorial.

Esta configuración permite que en la praxis de la formación posgraduada en arbitraje internacional, se adquieran las habilidades relacionadas con identificar las vías de solución de conflictos, la legislación aplicable y las técnicas negociales comprendidas en los medios alternativos.

Orientar las vías y habilidades para la identificación de la ley aplicable propicia en el asesor jurídico la capacidad de implicarse contextualmente en el proceso de formación posgraduada en arbitraje internacional a partir de una situacionalidad objetivo-subjetiva más trascendente, en tanto, significa asumir los requisitos jurídicos desde una perspectiva más consciente de la necesidad que los condicionan y caracterizan.

La búsqueda de sucesivas vías de profesionalización en arbitraje internacional en un proceso de interrelación constante entre los contextos cognoscitivos y jurídicos, aportados por los sujetos implicados en el proceso de formación posgraduada en arbitraje internacional y los contextos externos, que rodean y condicionan las relaciones, les permite descubrir en ambos entornos los datos y claves necesarios para ubicarse en ellos y desde ellos, en una dinámica que genera el tránsito hacia un nivel cognoscitivo más esencial, orientar al asesor hacia cursos, talleres, seminarios en sus escenarios profesionales, para la comprensión del contexto en toda su dimensión.

La relación dialéctica entre reconocimiento de documentos y actos en las relaciones comerciales internacionales y la identificación de la ley aplicable son expresión de su carácter contradictorio: procesos que se oponen y, a la vez, se complementan. La oposición está dada, en cuanto al reconocimiento, al ser manifestación de una operación procesal, lógica y consciente, realizada por el asesor, signada del conocimiento racional, consecuencia de un proceso serio que activa sus estructuras cognitivas y éticas en el contexto de su profesión; y en lo identificativo, al estar encaminada a dirigir los vínculos y relaciones entre los requisitos, normas, principios y procedimientos legales, que se asume como acción lo procedimental para la contextualización conflictual.

La interrelación dialéctica entre ellas tiene, tal como se declaró, un carácter contradictorio, y se manifiesta en la unidad indisoluble entre ambas: donde la orientación de la identificación de la ley aplicable tiene lugar, debido al reconocimiento de documentos y actos en las relaciones comerciales internacionales y viceversa, pues este supone todo un proceso de percepción, concientización de las operaciones legales-estratégicas a realizar en el proceso de formación posgraduada en inversión extranjera.

Es decir, no basta con que el asesor jurídico reconozca los posibles conflictos de ley para operar, percibir y conducirlo al proceso de arbitraje, sino que precisa identificar la ley a aplicar a partir de situar al elemento extranjero en función de lo preceptuado en los principios del derecho internacional privado, tales como el principio de la autonomía de la voluntad en su acepción material o conflictual, brindando una orientación hacia la solución de ese litigio, de ahí su complementación como par dialéctico.

La relación dialéctica entre el reconocimiento de documentos y actos en las relaciones comerciales internacionales y la identificación de la ley aplicable, encuentran síntesis en la sistematización de la apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional, como un proceso más esencial, que indica la proyección hacia el reconocimiento e identificación de la ley aplicable y las vías para la solución de conflictos. La sistematización de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional, en su relación con otras configuraciones, es expresión de los movimientos y transformaciones del proceso, a través de las dos configuraciones argumentadas.

La apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional, como categoría superior y eje dinamizador, es valorada desde la perspectiva formativa y el perfeccionamiento de las habilidades científicas-investigativas de los asesores, lo que condiciona los mecanismos de análisis, búsqueda, activación y comprensión de la aplicabilidad de los conocimientos teóricos a la formación de los saberes que surgen en la actuación práctica.

En relación con lo anterior, comprender la apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional como configuración, denota entenderla en todo su dinamismo, en un proceso de construcción de significados y sentidos, de acuerdo a las normas de actualización y preparación de los asesores jurídicos, donde estos sean capaces de conducirse hacia el perfeccionamiento, actualización, superación y capacitación de los contenidos en arbitraje internacional.

Por consiguiente, se hace necesario sistematizar esta apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional, en tanto se constituya en expresión de un nivel de esencialidad de orden superior, que toma como base la acción formativa de los asesores para la aprehensión de esos saberes jurídicos, que deviene punto de partida del proceso de sistematización.

Este proceso se desarrolla a partir de una toma de conciencia por los asesores jurídicos, así como en sus decisiones con relación al reconocimiento de documentos y actos en las relaciones comerciales internacionales y la identificación de la ley aplicable desde una formación para desarrollar las conductas a seguir de acuerdo a un propósito determinado, orientado hacia un proceso dirigido y meditado, que permita proyectar la planificación y construcción de acciones de superación más eficaces para favorecer la formación posgraduada en inversión extranjera.

La apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional como síntesis de la contradicción entre el reconocimiento de documentos y actos en las relaciones comerciales internacionales y la identificación de la ley aplicable significa sistematizar la lógica procesal, que facilita al asesor, en una regularidad, ser capaz de explorar la gama de posibilidades que utiliza para desarrollar este proceso, reconocer e identificar sus referentes cognitivos para contribuir a generar un proceso no solo de ejecución, sino también de constructos legales.

La sistematización de la apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional se potencia a través de las conferencias, talleres, seminarios y otras formas de superación profesional necesarios para ello que, estimulados por la producción científica, garantiza un proceso de formación posgraduada en inversión extranjera, que permita a los asesores identificar las necesidades de desarrollo profesional y tramiten dentro de su desempeño profesional.

Este proceso de sistematización tiene un carácter reflexivo, ordenador y retroalimentador, habida cuenta organiza y aplica la marcha del proceso de formación posgraduada en inversión extranjera, busca en la explicación de su dinámica las razones que propician que la reflexión y el análisis que se produzca dé cuenta del significado y el sentido que tiene dicha apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional para el asesor jurídico, lo que se traduce en una generación cognitiva constante, para la solución de conflictos y la búsqueda de los medios alternativos.

Sistematizar dicha apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional constituye un proceso de construcción dialéctica y coherente, orientado hacia una formación profesional en arbitraje internacional, que le va a enseñar a los asesores los cambios del proceso en función de las vías de solución de conflictos a partir de la formación continua. Con ello, el asesor jurídico tiene que orientarse hacia el afianzamiento de la solución de litigios como la intención para revelar el impacto y logros de los conocimientos adquiridos.

La apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional, como síntesis de las relaciones que entre las configuraciones de reconocimiento de documentos y actos en las relaciones comerciales internacionales, en contradicción dialéctica con identificación de la ley aplicable, es resultado del movimiento del proceso y lo conduce hacia una intencionalidad, así apunta hacia la consolidación de la solución de litigios como configuración teleológica, lo cual garantiza un proyección flexible y competente de los asesores en el contexto mercantil y socio–económico; pues conduce a la capacidad transformadora del asesor como operador del derecho, a partir de las distintas posibles soluciones a los litigios que se le presenten.

El afianzamiento para la comprensión del conflicto de ley, como configuración, considera la necesaria actitud científica y el nivel de concientización del asesor hacia el proceso de actualización del modelo económico y perfeccionamiento legislativo, el que requiere una transformación no solo en el modo de pensar y tener un conocimiento iusprivativista atemperado a las problemáticas del desarrollo social, también demanda el carácter de la proyección de la condición de su quehacer desde la práctica, que permita el replanteamiento de sus modos de actuación a partir de la consolidación del afianzamiento de los saberes relativos al arbitraje internacional, al cumplir con los requisitos indispensables desde una perspectiva que se dinamiza en la tramitación de litigios.

Esta configuración de desarrollo del afianzamiento para la comprensión del conflicto de ley desde su concepción, está encaminada a la concientización de la actitud y gestión para el cambio y mejoramiento de sus habilidades y valores que garantice intencionalidad transformadora y una cultura iusprivativista, y la orientación hacia una cultura profesional, premisa del auto perfeccionamiento del asesor.

Esta contradicción dialéctica entre las configuraciones, a partir de las relaciones entre reconocimiento de documentos y actos en las relaciones comerciales internacionales y la identificación de la ley aplicable, da cuenta de la configuración de apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional que tiene como intencionalidad, el afianzamiento para la comprensión del conflicto de ley, la que aporta un nivel cualitativamente superior de interpretación del objeto, para dar lugar a una cualidad formativa científico–investigativa, de la cual emerge la dimensión de contextualización en arbitraje internacional.

La dimensión de contextualización en arbitraje internacional es un proceso activo, consciente y orientador en el cual los asesores que participan se apropian de conocimientos, habilidades, valores y valoraciones, de saberes legales y de las prácticas que crean espacios de sensibilización, diálogos y valoración de casos, legislaciones, tratados internacionales, la ciencia y la técnica, donde se establece una relación con el desempeño profesional del asesor jurídico, que propicia el perfeccionamiento de su profesionalización en arbitraje internacional en los contextos de actuación profesional.

Esta dimensión es expresión de un primer estadio de desarrollo de la dinámica contextualizadora conflictual, de nuevo tipo, donde se revaloriza y potencia la apropiación de la profesionalización en arbitraje internacional y desde el proceso formativo, para incrementar las habilidades del asesor, desarrollar sus competencias laborales y lograr una mayor calidad de la actividad de asesoramiento jurídico en correspondencia con las características de la inversión extranjera en el país.

La dimensión de contextualización en arbitraje internacional es, además, un proceso cualitativo que, en medio de un clima de saberes y experiencias derivadas del quehacer jurídico, a partir de la explotación de su infinito conocimiento y creatividad, promueve el reconocimiento de la cultura jurídica como riqueza, potencia un valor de significación y sentido al proceso formativo posgraduado.

El movimiento establecido entre las configuraciones anteriores, garantiza un primer momento de la formatividad de contextualización en la preparación posgraduada en arbitraje internacional para los asesores jurídicos, como nivel cualitativamente superior de interpretación de la realidad formativa de estos profesionales, que se concreta culturalmente por mostrar la necesidad y concientización de afianzar los conocimientos técnicos-legales para la sustanciación de litigios de carácter internacional; la cual emerge como una cualidad de orden superior y expresión del movimiento de un proceso que incorpora a los asesores en el proceso formativo para la valoración de la realidad objetiva, de manera crítica, profunda, flexible e integradora sobre bases científicas, que le permite llegar a conclusiones, deducciones y proponer alternativas ante la solución de problemas propios de su ejercicio, los parámetros evaluativos del desempeño profesional, su participación en los procesos de arbitraje o de mediación, en el asesoramiento a contratos mercantiles, actividades de divulgación en sus instituciones, entre otras, que no es más que la realidad social, como premisa necesaria para su formación.

Esta dimensión, a su vez, proyecta desde lo contextual el rol formativo del asesor como agente mediador, socializador, capaz de cumplir funciones dotadas de un alto valor profesional, producto de los conocimientos incorporados y que le aporte un valor agregado como profesional, ya sea como asesor en su función académica, donde aplica sus saberes como ejemplos prácticos en los contenidos que desarrollen; en lo profesional en función del impacto, alcance, visibilidad y aplicabilidad de su desempeño.

Está expresado en el carácter de desarrollo profesional, donde no es posible comprender las situaciones a las que su práctica profesional le exige enfrentar, sino del dominio de instrumentos indispensables, conocimientos básicos del derecho internacional privado, en cuanto al mejoramiento de su práctica cotidiana, para ejercer la profesión desde nueva perspectiva.

De esta manera, en la dimensión de contextualización en arbitraje internacional, se manifiesta el carácter cognoscitivo, lo cual significa la articulación e integración de conocimientos, habilidades, valores y valoraciones asumidos desde nuevos puntos de vista y métodos, que propician la sustanciación de litigios en sentido general y una cultura jurídica que le permita la actualización en materia de arbitraje internacional, sobre el entrenamiento en técnicas que contribuyan a la formación posgraduada en esta materia para los asesores jurídicos y que, a la vez, posibilite integrar la diversidad formativa de ese profesional, en tanto, esa cualidad dimensional es expresión de la relación dialéctica entre las categorías referidas.

Como puede apreciarse, desde esta perspectiva, se combinan dialécticamente estas configuraciones, las cuales tienen una gran connotación porque admiten el reconocimiento de la formación cultural y profesional de los asesores jurídicos en la sustanciación de litigios y constatar la realización de actividades formativas en temas generales y específicos de arbitraje internacional para la solución de problemas de su práctica profesional.

La producción de nuevos conocimientos están dirigidos al desarrollo de sus competencias laborales, así como el carácter de su práctica formativa sistematizada en la apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional, a partir de una lógica garante para la resolución de problemas legales, mercantiles y económicos de índole internacional.

De este modo, la dimensión de contextualización en arbitraje internacional se constituye en un primer estadio de la formación posgraduada en arbitraje internacional, sienta las bases para el tránsito hacia nuevas relaciones de mayor nivel de esencialidad, que parten de considerar el reconocimiento de una actitud profesional que permite revalorizar los saberes y conocimientos jurídicos, técnicos e innovativos, favorecedores de un proceso de formación posgraduada en arbitraje internacional.

En este sentido, se requiere comprender el conjunto de rasgos distintivos que caracterizan a esta dimensión, que desde lo formativo, connote el vínculo con la sistematización y la intencionalidad desde el punto de vista pedagógico; ello implica la revalorización de los saberes necesarios, como parte de la utilidad formativa para resolver desde su aplicación las insuficiencias de su práctica formativa, pues como puede advertirse la sistematización de la apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional es resultado de un nuevo movimiento dialéctico en la formación posgraduada, que ha de ser comprendido e interpretado a partir de la relación dialéctica entre la orientación formativa para la elección de la vía de solución de conflictos y la movilización para la sustanciación del proceso conflictual.

Por ende, las cualidades anteriormente referidas son condiciones necesarias para la sistematización de la apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional. En tal sentido, ella se constituye, a su vez, en una síntesis de la contradicción dialéctica entre la orientación formativa para la elección de la vía de solución de conflictos y la movilización para la sustanciación del proceso conflictual, que, en un nuevo movimiento como dinámica de la orientación y la generalización, adquieren una cualidad superior, en otro nivel de complejidad desde la práctica de la superación profesional para el arbitraje internacional. Esta relación constituye expresión de una nueva dimensión: la dimensión conflictual en arbitraje internacional.

Dimensión conflictual en arbitraje internacional

Esta dimensión se revela a partir de la relación conexa entre la sistematización de la apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional y la práctica de la superación profesional para el arbitraje internacional, dinamizada por la contradicción dialéctica entre la orientación formativa para la elección de la vía de solución de conflictos y la movilización para la sustanciación del proceso conflictual.

La configuración de la orientación formativa para la elección de la vía de solución de conflictos es un conjunto de acciones para la elección de la norma, principio y foro aplicable a la solución del litigio siempre bajo los principios iusprivativistas de la lex fori y la locus regit actum con la finalidad de que los asesores identifiquen la vía de solución lógica, consistente bien en el arbitraje o en los medios alternativos, reconociendo además si puede ser en sede judicial o de arbitraje.

En ella, se establecen las pautas de la sujeción a la legalidad de los conflictos por los asesores, que implica una opción activa que genera pensamientos e ideas que actúan como motivos o incentivos del comportamiento legal ante el arbitraje internacional, orientado hacia las reglas jurídicas.

El reconocimiento de esta configuración, desde su interpretación por los asesores acerca de las normas, principios y foro aplicable, ha de realizarse desde una convicción positiva y crítica para su actuar profesional, a la vez que se erige en la implementación didáctica de la cultura en arbitraje internacional, con una contextualización de la realidad socio-política-económica, lo que conduce a un reconocimiento de los principios iusprivativistas. La anterior configuración ayuda al asesor jurídico a buscar la comprensión para la elección de la ley más beneficiosa de su representado.

La orientación formativa para la elección de la vía de solución de conflictos va encaminada hacia los pasos y procedimientos de la protección, en función de la elección de la ley del foro. En el área jurídica en arbitraje internacional se connota a partir de las normativas establecidas en las leyes, decretos, resoluciones y tratados internacionales que le propician un conocimiento jurídico, capaz de significar su carácter consciente y legal en función de la determinación de la ley aplicable.

Por consiguiente, se sustenta esta configuración en el proceso de mediación entre el hombre y su realidad objetiva, posibilita, a través de la formación posgraduada en arbitraje internacional, la relación del hombre con nuevos conocimientos y el respeto al dominio previo que ayuden a una transformación consciente.

En tal sentido, se define la configuración orientación formativa para la elección de la vía de solución de conflictos como un conjunto de acciones que garantizan la actividad formativa en arbitraje internacional hacia la elección de la ley del foro.

Sin embargo, no basta con que el asesor sea orientado y asuma los conocimientos relativos al arbitraje internacional como parte esencial de una realidad que no le resulta ajena, en tanto él también es parte de ella y que le permite hacer los reajustes y comprobaciones que se precisan, para informar la efectividad de la aplicabilidad de la ley a través de su elección y la vías de solución en sede judicial o arbitral, sino que resulta imprescindible una movilización para la sustanciación del proceso conflictual.

La configuración de la movilización para la sustanciación del proceso conflictual en el orden pedagógico que se establece en esta dinámica contextualizadora conflictual, indica que el normal desarrollo generalizado de lo contextualizador y lo conflictual es la movilización; por lo que se colige que los asentamientos de los conocimientos jurídicos dan cuenta de la esencia del arbitraje internacional que es la identificación de la ley aplicable, la elección del foro y la vía de solución del conflicto.

Esta, como configuración, deviene en un plano cultural jurídico, que se expresa en virtud del reconocimiento, la identificación y la comprensión del afianzamiento, lo que conlleva a la parte metodológica donde se crean las condiciones en la formación posgraduada para establecer el camino a seguir de ese carácter de transformación en primer lugar, pues sino puede afianzarse la elección, entonces tiene que movilizarse para una práctica en la sustanciación del litigio.

La movilización para la sustanciación del proceso conflictual acontece en la consolidación del asesoramiento dado por el jurista en vínculo con su desarrollo profesional y la apreciación sobre la gestión y tramitación del proceso: contrato mercantil, titularidad de las partes, cláusulas compromisorias, elección del foro, legislación aplicable, vía de solución del conflicto, sede judicial o sede arbitral, jurisdicción y competencia del proceso, capacidad del elemento extranjero, para que el asesor conozca cuándo y dónde puede interponer el litigio.

Contiene un componente instrumental en la elevación y desarrollo sobre las habilidades que debe adquirir el asesor, no solo las referidas a la sustanciación de la litis; sino a su gestión, de modo que asegure los derechos del proceso.

Como configuración, es pertinente para la formación posgraduada en función del arbitraje internacional para los asesores, que sepan cómo interponer una demanda, partiendo de saber que la elección de la ley constituye una exigencia para analizar, sintetizar, argumentar, evaluar la calidad, hacer la solicitud, saber a quién hacerla y cómo fundamentar la incoación como parte en el proceso.

Lo anterior, condiciona un proceso de tránsito a un nivel cualitativamente superior de apropiación y aprehensión del proceso, desde el carácter metodológico de transformación a la consolidación de una sistematización de la apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional hacia un nuevo nivel de esencialidad.

Desde esta perspectiva, la relación dialéctica entre la orientación formativa para la elección de la vía de solución de conflictos y la movilización para la sustanciación del proceso conflictual dan cuenta de un nuevo proceso de síntesis que se erige en la base constitutiva del quehacer en la formación posgraduada en arbitraje internacional para los asesores universitarios, que ha de dinamizar todo el proceso: esta es la práctica de la superación profesional para el arbitraje internacional.

Por consiguiente, la configuración de práctica de la superación profesional para el arbitraje internacional, desde el punto de vista de la formación posgraduada, implica un conjunto de procesos de enseñanza–aprendizaje que posibilita a los asesores la adquisición, construcción, consolidación y el perfeccionamiento permanente de los conocimientos jurídicos y habilidades requeridas para un mejor desempeño profesional.

Se trata de un proceso constructivo y hermenéutico, que se desarrolla desde una lógica ascendente en espiral, de avances, donde el asesor aprende a sustanciar sus litigios, a través de explicaciones, argumentos, legislaciones, principios del derecho y acciones concretas para dirigir su lógica transformadora hacia una construcción científica iusprivativista en materia de arbitraje internacional intelectual, que le permita convencerse de la coherencia de su gestión legal, en una dialéctica que facilite transitar hacia la comprensibilidad de la importancia de la profesionalización en procesos de arbitraje internacional.

Desde esta categoría sintetizadora, expresión de un nivel de esencialidad en la transformación del objeto, es posible lograr un proceso más trascendente en la dirección de lo formativo sistematizado, que permite profundizar en su esencia metodológica por establecer una planificación, organización, ejecución y control de todo el proceso. Además, es la base esencial por la cual discurre el sistema de las relaciones formativas que matizan el carácter de los procesos de superación profesional de los asesores jurídicos en función de su encargo social, lo que se relaciona con la importancia que adquiere para el asesor, tramitar y asesorar sus procesos y convertirse en gestor de la propia construcción del conocimiento iusprivativista, toda vez que el asesor en sí mismo es un gestor axiológico cultural en su profesión.

La importancia que adquiere para el asesor poder tramitar estos procesos complejos en sí por su naturaleza, sin la necesidad de un mediador, se señala como cualidad resultante de la investigación, donde se precisa la pertinencia de la aprehensión de los conocimientos y la formación de una cultura para poder reconocer, identificar, sustanciar, tramitar y litigar los procesos de lex mercatorum donde intervenga el elemento extranjero, lo cual denota una profesionalización desde las ciencias jurídicas de los saberes cognoscitivos y culturales propios del derecho societario e internacional privado.

La práctica formativa en superación profesional apunta hacia la construcción de una formación coherente desde la sistematización de actividades formativas, que da cuenta de una formación posgraduada en arbitraje internacional a partir de que se entiende y comprende por conflictos de ley, elemento extranjero, lex fori, lex mercantorun, lex contractus, principios del derecho internacional privado, vías de solución de conflictos y sedes judiciales y arbitrales que conocen de estos asuntos, el orden procesal de estos litigios, los tipo de contratos y sus cláusulas, la pluralidad de mercados, los tratados internacionales; contenidos que se le transmitirán a los asesores a través de seminarios, talleres reflexivos, conferencias, cursos, entre otras actividades, desde las cuales, las alternativas del proceso educativo concienticen sus modos de actuaciones y las articulen en el marco del arbitraje internacional.

Como proceso, esta práctica de la superación profesional para el arbitraje internacional, se organiza sobre la base de una práctica formativa que debe desarrollarse en función del mejoramiento del desempeño profesional desde las Ciencias Pedagógicas, toda vez que desde ella se establecen los programas de cursos, con sus objetivos, los contenidos más cercanos a las necesidades y los valores sociales contextuales que se relacionan con el arbitraje internacional, al responder a las transformaciones que se requieren en los conocimientos, habilidades y valores desde orientaciones metodológicas que se encaminan a la transformación de los asesores jurídicos.

Una cuestión esencial es el tratamiento de los contenidos y los métodos utilizados, ya que ellos expresan la necesidad de enfatizar y contribuir a mejorar los procesos indispensables de apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional en los ámbitos relacionados con la integración interdisciplinar, la formación y preparación de los asesores en torno a sus modos de actuación, la investigación, y su respaldo desde la administración, y es que estos resultados demuestran las potencialidades que brinda para su desempeño profesional, sirviendo de antecedente teórico, más general, para la explicación de lo que se concibe en esta investigación.

Se valora así, la necesidad de la práctica formativa de la superación profesional para el arbitraje internacional a partir de su participación en las actividades de actualización y perfeccionamiento para su ejercicio profesional y el logro de un profesional más integral y competente para el trabajo, a la vez que es capaz de garantizar una actuación de mayor calidad que le permita su incorporación efectiva a la solución de los problemas que emergen de su accionar en todo este proceso.

Esta configuración le posibilita a los asesores ser más activos y conscientes, desempeña un papel importante en la formación que se tipifica como de posgrado en arbitraje internacional, lo cual constituye la integración del soporte básico de la didáctica de la Educación Avanzada, el cumplimiento eficiente de las exigencias de lo normado y establecido, que declara un comportamiento o conducta real, tanto en el orden técnico, jurídico como en las relaciones interpersonales que se crean en la solución de los problemas.

Discusión

En tal sentido, como puede apreciarse la interrelación dialéctica entre la sistematización y la apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional, en vínculo con las prácticas formativas en superación profesional, mediada por la orientación formativa para la elección de la vía de solución de conflictos, imbricada a la movilización para la sustanciación del proceso conflictual, dan cuenta de la dimensión conflictual de la inversión extranjera.

Estos movimientos que se desarrollan en el objeto, devienen expresión de un desarrollo más trascendente de entender el proceso de formación posgraduada en inversión extranjera, como movimientos internos en integración que generan niveles de esencialidad en el objeto y sucesivas transformaciones en los asesores jurídicos.

Por consiguiente, las relaciones esenciales que expresa el modelo de dinámica contextualizadora conflictual de la formación posgraduada en arbitraje internacional para los asesores jurídicos, son las siguientes:-. La relación dialéctica del reconocimiento contextualizador y la comprensión científica profesionalizante, como lógica del desarrollo del asesor jurídico en arbitraje internacional. -. La relación de apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional y la práctica profesional de procesos, garantes para una desarrollo del desempeño profesional del asesor jurídico.

Se manifiesta que la regularidad esencial en el carácter de la sistematización contextualizadora conflictual de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional, es eje dinamizador de la formación posgraduada en arbitraje internacional para los asesores universitarios. Este carácter integrador que se propone, se concretará en una construcción posterior en una estrategia de formación posgraduada en arbitraje internacional para los asesores universitarios la cual es expresión de las relaciones esenciales y la regularidad del modelo teórico aportado.

Conclusiones

La modelación realizada concibe la dinámica contextualizadora conflictual de la formación posgraduada en arbitraje internacional para los asesores jurídicos, a través de los movimientos que se establecen en dos dimensiones fundamentales: dimensión contextualizadora en arbitraje internacional y dimensión conflictual en arbitraje internacional, las cuales son expresión del carácter de la apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional como célula dinamizadora del proceso, que media entre práctica de la superación profesional para el arbitraje internacional y el afianzamiento para la comprensión del conflicto de ley, como lógica de sistematización.

Por consiguiente, las relaciones esenciales que se revelan en la integración de estos movimientos, garantizan una dinámica pertinente, a partir de resignificar la apropiación de la profesionalización jurídica en arbitraje internacional para los asesores jurídicos como proceso de sistematización que condiciona una cultura en arbitraje internacional para el desarrollo de su desempeño profesional.

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Conflicto de intereses

Los autores declaran no tener ningún conflicto de intereses.

Declaración de responsabilidad de autoría

Los autores del manuscrito señalado, DECLARAMOS que hemos contribuido directamente a su contenido intelectual, así como a la génesis y análisis de sus datos; por lo cual, estamos en condiciones de hacernos públicamente responsable de él y aceptamos que sus nombres figuren en la lista de autores en el orden indicado. Además, hemos cumplido los requisitos éticos de la publicación mencionada, habiendo consultado la Declaración de Ética y mala praxis en la publicación.

Dr. C. Reynaldo Manuel Tarragó Ayra y Dr. C. Celia Araujo Quintero: Proceso de revisión de literatura y redacción del artículo.