Maestro y Sociedad e-ISSN 1815-4867

Número Especial Vinculación Sociedad y Educación Año 2024

Artículo original

Desconocimiento, encubrimiento y reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI desde las perspectivas éticas y teorías de derechos humanos: una mirada a la realidad de discriminación, exclusión y violencia en el Ecuador

Unknowing, concealment, and recognition of the rights of LGBTI individuals from ethical perspectives and human rights theories: a look at the reality of discrimination, exclusion, and violence in Ecuador

Gabriela Dennice Sánchez Velásquez, https://orcid.org/0009-0004-8471-3768

Universidad Central del Ecuador, Ecuador

*Autor para correspondencia. email dnnis3@hotmail.com

Para citar este artículo: Sánchez Velásquez, G. D. (2024). Desconocimiento, encubrimiento y reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI desde las perspectivas éticas y teorías de derechos humanos: Una mirada a la realidad de discriminación, exclusión y violencia en el Ecuador. Maestro y Sociedad, (Número Especial Vinculación Sociedad y Educación), 170-175. https://maestroysociedad.uo.edu.cu

RESUMEN

Introducción: El desconocimiento y encubrimiento de las personas LGBTI, ha puesto en marcha procesos protección y garantía de los derechos de la población LGBTI, orientados al reconocimiento de sus derechos y erradicación de la discriminación, exclusión y violencia en contra de la diversidad. Objetivo: La investigación dará a conocer la situación de discriminación, exclusión y violencia contra la población ecuatoriana LGBTI, el marco nacional e internacional de protección de derechos de las personas LGBTI, las perspectivas éticas de conquista y las teorías de derechos humanos, principios y características de los derechos humanos que han influido en el desconocimiento, encubrimiento y reconocimiento de los derechos. Materiales y métodos: La investigación es descriptiva, utiliza el método comparativo descriptivo con un enfoque cualitativo y modo dogmático jurisprudencial, más la técnica de análisis y vinculación de datos recolectados de las entrevistas. Resultados: En Ecuador el 50,5% de la población LGBTI ha sido discriminada en espacios privados y el 55,8% en espacios públicos; el 71,4% ha sido excluida en espacios privados y el 60,8% en espacios públicos; el 52,1% ha sido víctima de violencia en espacios privados y el 65,6% en espacios públicos. Discusión: Centra la discusión en el desarrollo del conocimiento ético y teórico de derechos humanos que ha justificado el desconocimiento, encubrimiento y reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI. Conclusiones: La investigación concluye analizando las éticas y teorías de derechos humanos que han servido de justificación para naturalizar la desigualdad, el desconocimiento y reconocimiento tardío de los derechos humanos de la población LGBTI en la normativa nacional e internacional.

Palabras clave: Derechos humanos, discriminación, LGBTI, perspectivas éticas, violencia.

ABSTRACT

Introduction: The unawareness and concealment of LGBTI individuals have initiated processes aimed at protecting and guaranteeing the rights of the LGBTI population, oriented towards the recognition of their rights and the eradication of discrimination, exclusion, and violence against diversity. Objective: The research aims to reveal the situation of discrimination, exclusion, and violence against the Ecuadorian LGBTI population, the national and international framework for the protection of LGBTI rights, ethical perspectives of conquest, and human rights theories, principles, and characteristics of human rights that have influenced the unawareness, concealment, and recognition of rights. Materials and Methods: The research is descriptive, using the descriptive comparative method with a qualitative approach and a jurisprudential dogmatic mode, plus the technique of analysis and linking of data collected from interviews. Results: In Ecuador, 50.5% of the LGBTI population has been discriminated against in private spaces and 55.8% in public spaces; 71.4% have been excluded in private spaces and 60.8% in public spaces; 52.1% have been victims of violence in private spaces and 65.6% in public spaces. Discussion: The discussion focuses on the development of ethical and theoretical knowledge of human rights that has justified the unawareness, concealment, and recognition of LGBTI rights. Conclusions: The research concludes by analyzing the ethics and human rights theories that have served as justification for naturalizing inequality, unawareness, and late recognition of human rights of the LGBTI population in national and international regulations.

Keywords: Human rights, discrimination, LGBTI, ethical perspectives, violence.

Recibido: 19/10/2023 Aprobado: 4/12/2023

Introducción

En Ecuador el 50,5% de la población LGBTI ha sido discriminada en espacios privados y el 55,8% en espacios públicos; el 71,4% ha sido excluida en espacios privados y el 60,8% en espacios públicos; el 52,1% ha sido víctima de violencia en espacios privados y el 65,6% en espacios públicos.

El problema social de discriminación, exclusión y violencia contra las personas LGBTI en el Ecuador, motiva el desarrollo del presente estudio que dará respuesta a la siguiente pregunta de investigación: ¿Cómo el desarrollo del conocimiento ético y teórico de derechos humanos ha justificado el desconocimiento, encubrimiento y reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI?, con los siguientes objetivos específicos: 1.- Conocer la realidad de discriminación, exclusión y violencia contra las personas ecuatorianas LGBTI. 2.- Establecer las perspectivas éticas que han permitido el desconocimiento, encubrimiento y reconocimiento de los derechos las personas LGBTI; 3.- Determinar las teorías de derechos humanos que justifican el desconocimiento, encubrimiento y reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI.

El desarrollo de la investigación da cuenta de la situación de discriminación, exclusión y violencia contra la población ecuatoriana LGBTI, desglosa el marco nacional e internacional de protección de derechos de las personas LGBTI, seguido de las perspectivas éticas de conquista o éticas ante la conquista y teorías de derechos humanos, principios y características de los derechos humanos.

Los conceptos guía del estudio abordarán los derechos humanos, principios y características de los derechos humanos, perspectiva de género, éticas y teorías de derechos humanos, seguido del análisis de las estadísticas de discriminación, exclusión y violencia contra las personas LGBTI, con la finalidad de conocer las condiciones de vida, inclusión y violencia contra la población ecuatoriana LGBTI.

Finalmente, se presentan las conclusiones inferidas de la investigación realizada, para dar respuesta a la pregunta de investigación y objetivos específicos, invitando a los lectores a reflexionar sobre los desafíos que enfrenta el reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI.

MATERIALES Y MÉTODOS

La investigación es descriptiva, utilizó el método descriptivo comparativo para exponer los hechos de discriminación, exclusión y violencia en contra de la población ecuatoriana LGBTI contenidos en el estudio de caso sobre condiciones de vida, inclusión social y cumplimiento de derechos humanos de la población LGBTI en el Ecuador, más la técnica de análisis y vinculación de los datos recolectados de las entrevistas realizadas a 2.805 personas LGBTI, puestas en diálogo con el objeto de estudio relativo al desarrollo del conocimiento de la ética del encubrimiento, ética formal, ética del reconocimiento y teoría iusnaturalista, teoría positivista, teoría historicista relativista y teoría crítica de los derechos humanos que han justificado el desconocimiento, encubrimiento y reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI.

RESULTADOS

Condiciones de vida, inclusión social y cumplimiento de derechos humanos de la población LGBTI en el Ecuador

En Ecuador el 50,5% de la población LGBTI ha sido discriminada en espacios privados y el 55,8% en espacios públicos; el 71,4% ha sido excluida en espacios privados y el 60,8% en espacios públicos; el 52,1% ha sido víctima de violencia en espacios privados y el 65,6% en espacios públicos (INEC, 2013).

El estudio de caso sobre condiciones de vida, inclusión social y cumplimiento de derechos humanos de la población LGBTI en el Ecuador, detalla la aceptación de la orientación sexual de la población LGBTI “dentro del entorno social, se evidencia que los mayores porcentajes de personas que conocen de la orientación sexual se presenta en amigos con un 95%, seguido de sus hermanos/as con un 81%; mientras que, los menores porcentajes se presentan en los padrastros/madrastras con un 56% y los hijos/hijas con un 38%. Con respecto al nivel de aceptación, los amigos/as son quienes más conocen y aceptan totalmente su orientación sexual (89%). Quienes presentan mayores porcentajes de rechazo a las personas entrevistadas son los padres con un 13%” (INEC, 2013, p. 30).

En relación a las experiencias de control, imposición, rechazo y violencia intrafamiliar de la población LGBTI “el 70,9% reportó que vivieron alguna experiencia en su entorno familiar de los cuales el 72,1% sufrió algún tipo de experiencia de control, el 74,1% experimentó algún tipo de imposición, el 65,9% sufrió algún tipo de rechazo y el 61,4% fue víctima de violencia” (INEC, 2013, p. 31). En las formas de control, rechazo, imposición o violencia, se obtiene que, la forma de control más recurrente es la prohibición de salir con otras personas con el 33,0%; en las situaciones de imposición, la más recurrente es hacer sentir que debe ser más masculino o femenino con el 32,3%; en relación a la forma de rechazo más recurrente ha sido el dejar de hablarle uno o más familiares con un 26,2% y en las situaciones de violencia intrafamiliar el 35,3% de la población LGBTI entrevistada ha recibido gritos, insultos, amenazas y burlas (INEC, 2013).

Respecto a las experiencias de discriminación, exclusión o violencia de la población LGBTI, el 40% refirió discriminación en el ámbito educativo, en lo laboral 43,8%, en salud 33,7%, en justicia 23,0%, en los espacios privados 50,5% y en espacios públicos 55,8%. Exclusión en el ámbito educativo 24,6%, laboral 27,6%, salud 18,7%, justicia 15,9% en los espacios privados 71,4% y en espacios públicos 60,8%. Violencia en el ámbito educativo 25,8%, laboral 22%, salud 10,3%, justicia 12,4%, en los espacios privados 52,1% y en espacios públicos 65,6% (INEC, 2013). De los porcentajes detallados se desprende: “En términos de discriminación y violencia, el mayor porcentaje de eventos se suscitan en espacios públicos, mientras que en términos de exclusión estos se dan en mayor medida en espacios privados” (INEC, 2013, p. 34).

Frente a la discriminación, exclusión y violencia reproducida en contra de la población LGBTI la siguiente estadística detalla los atentados contra la integridad personal ejecutada por los agentes de seguridad pública “el 27,3% señaló haber experimentado actos de violencia, de las cuales el 94,1% manifestó haber sufrido gritos, insultos, amenazas y burlas; y un 45,8% ha sido detenido de forma arbitraria” (INEC, 2013, p. 29). Del 27,3% de las personas agredidas solamente denunciaron un 8,3% y de las denuncias realizadas el 55,6% manifiesta que no existió sanción, se evidencia falta de seguimiento de los casos, ya que, el 7,9% declaró su desconocimiento ante la existencia de una sanción, el 9,5% responde que las denuncias efectuadas aún se encuentran en proceso y el 27,0% indica que existió sanción para los responsables de estos hechos (INEC, 2013).

Las estadísticas reportan porcentajes alarmantes de discriminación, exclusión y violencia contra la población LGBTI en los ámbitos públicos y privados, por lo tanto, es indispensable la intervención estatal para neutralizar la vulneración de los derechos de la población LGBTI, mediante el reconocimiento, protección y garantía de sus derechos, investigación de los hechos, reparación integral de los daños ocasionados, sanción a los agresores, acceso a la justicia, creación de redes de apoyo y condiciones propicias para alcanzar la reconciliación y hacer efectivo el derecho a la dignidad de la población LGBTI. La Corte Constitucional de Colombia (2002) desarrolla la configuración jurisprudencial de la expresión dignidad humana, como el derecho a vivir con autonomía individual, con condiciones de existencia e intangibilidad de ciertos bienes, a vivir como se quiere estableciendo un plan de vida en su máxima expresión de libertad, a vivir bien en condiciones materiales que permitan la existencia en igualdad, a vivir libre de humillaciones que violenten la integridad física, psicológica y sexual, a vivir en dignidad, vinculada a la vida plena, la libertad, igualdad, integridad, seguridad, que posibilita el reconocer y ser reconocidos en la vida común.

DISCUSIÓN

Desconocimiento, encubrimiento y reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI en el marco de protección nacional e internacional

El Ecuador ha ratificado el deber de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de igualdad y no discriminación por motivos de sexo, orientación sexual e identidad de género, contenidos los artículos 3 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966), los derechos a la igualdad y no discriminación expresos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969) y la eliminación de todas las formas de discriminación contenidas en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979).

En la Constitución del Estado del Ecuador (1830) no se reconoce a las personas LGBTI, por lo tanto, no existe reconocimiento de sus derechos, es en la Constitución de la República del Ecuador (2008) que se reconoce los derechos de igualdad, libertad y protección de las personas LGBTI contenidos en los artículos: 11 numeral 2, 66 numerales 9 – 11, 67, 68, 83 de la CRE. El Código Orgánico Integral Penal (2014) integra los delitos de tortura con la intención de modificar la identidad de género u orientación sexual en el artículo 151 numeral 3, el delito de discriminación en el artículo 176 y el delito de odio en el artículo 177. El Código Orgánico Integral Penal agrega los tipos penales y verbos rectores de delitos motivados por la identidad de género u orientación sexual para perpetrar la infracción. Este progreso en la norma deviene de un proceso histórico de desconocimiento de los derechos las personas LGBTI hasta su reconocimiento en el año 2008 y sanción de los delitos cometidos por la identidad de género u orientación sexual recién en el año 2014.

En relación, al conocimiento de los derechos humanos de igualdad (Bobbio, 1993) y no discriminación por razones de sexo, identidad de género u orientación sexual expresos en la norma constitucional del 2008, el 78,5% de la personas LGBTI afirmó conocer sus derechos y el 61,6% afirmó conocer los delitos basados en la identidad de género u orientación sexual integrados en Código Orgánico Integral Penal (INEC, 2013).

Perspectivas éticas de conquista o éticas ante la conquista

El mundo de la conquista ha trazado un panorama de perspectivas éticas de conquista o éticas ante la conquista en tres niveles distintos para desconocer, encubrir y reconocer a las personas y sus derechos, ubicando al Otro dentro de su jerarquía como punto de partida para su reconocimiento:

La ética del encubrimiento: Es donde se construye completamente la alteridad a partir de una visión unívoca, sin diálogo, con total rechazo del Otro y su especificidad (Mora, 2012). Esta perspectiva considera al Otro inferior, rechaza su pensamiento, existencia e individualidad de la persona.

Ética formal: El reconocimiento formal de la alteridad, “se trata de un reconocimiento que ubica al Otro dentro de una jerarquía de relaciones conocidas, dándole un espacio dentro de la política” (Mora, 2012, p. 54). La ética formal reconoce al Otro en la medida que dicho reconocimiento permite la comunicación, aculturación y apropiación del Otro; y, cuando la alteridad sobrepasa los límites se niega su reconocimiento y se castiga.

El reconocimiento del Otro como Otro: Desarrolla el reconocimiento del Otro como Otro, se acepta, conoce y reconoce al Otro en su alteridad, aunque dicha alteridad es ambigua (Mora, 2012). Esta ética reconoce la humanidad del Otro como persona con derechos jurídicos y políticos, estableciendo una comunicación y convivencia que le permite conocer y aceptar al Otro de forma ambigua.

Teorías de derechos humanos

Se desarrollan múltiples teorías de derechos humanos a ser relacionadas con el desconocimiento, encubrimiento y reconocimiento del Otro. El desarrollo de las teorías de derechos humanos da cuenta del momento histórico de su creación y posterior replanteo a las realidades actuales que requieren una visión amplia de inclusión de la diversidad.

Teoría iusnaturalista

Funda el origen de los derechos humanos en el derecho natural, creados por un ser supra empírico e inherentes a los seres humanos, derivados de la naturaleza humana e independiente del reconocimiento positivo, si bien reconoce y garantiza los derechos humanos, no crea derechos humanos (Marlasca, 1998). Los fundamentos absolutos iusnaturalistas han servido de justificación para naturalizar la desigualdad y desconocimiento del Otro.

Teoría positivista o formalismo jurídico

Los derechos humanos se crean por la voluntad del hombre–legislador y son reconocidos en el ordenamiento jurídico; su integración en la norma permite el reconocimiento, de no constar en la norma escrita son inexistentes. La positivización de los derechos constituye un acto de creación, por lo tanto, su existencia depende su positivización (Marlasca, 1998). Al igual que la teoría iusnaturalista, los fundamentos absolutos de la teoría positivista han servido de justificación para naturalizar la desigualdad y desconocimiento del Otro.

Teoría historicista y relativista

Sostiene que, los derechos humanos son variables y relativos a cada momento histórico social. Resalta la historicidad, variabilidad y relatividad de los derechos humanos y su origen social en función de los valores asumidos, defendidos en una comunidad histórica concreta y variables en el tiempo, épocas y culturas, por lo tanto, los derechos humanos son variables en el tiempo, épocas y culturas (Marlasca, 1998). De ahí que, a lo largo de la historia múltiples sujetos han sido desconocidos e invisibilizados de la vida jurídico – política, desarrollando un listado amplio del cual son parte las personas LGBTI, desconocidas de todo escenario, vistas como amenaza a eliminar y actualmente demonizadas (Ávila, 2012).

Teoría crítica de los derechos humanos

Ancla el desarrollo de los derechos humanos en las luchas sociales por la dignidad y reconocimiento de los derechos de las personas como sujetos de derechos. Los derechos humanos son: “el conjunto de luchas por la dignidad, cuyos resultados, si es que tenemos el poder necesario para ello, deberán ser garantizados por las normas jurídicas, las políticas públicas y una economía abierta a las exigencias de la dignidad” (Herrera, 2008, p.28). El reconocimiento de los derechos humanos de las personas LGBTI demanda una amplia perspectiva de género y su distinción del sexo, lo que permitirá visibilizar la realidad, los procesos culturales de socialización que internalizan y refuerzan los mecanismos de subordinación de la población LGBTI (Facio, 2005).

Principios y características de los derechos humanos

La discriminación, exclusión y violencia ejercida en contra de la población LGBTI en los entornos públicos y privados, produce una cadena de vulneraciones de los derechos humanos a la vida, integridad, seguridad, igualdad formal y material, libre desarrollo de la personalidad, no racismo, justicia, educación, salud, trabajo; derechos vinculados entre sí, que al vulnerarse un derecho se produce la vulneración de los demás derechos indivisibles.

Los derechos humanos tienen una relación mutua dependiente, por lo tanto, la vulneración de un derecho conlleva la vulneración varios derechos conexos, estableciéndose el vínculo entre los derechos que evidencia la dependencia de un derecho respecto del otro (s) derecho (s) para existir y los derechos o grupo de derechos son mutuamente dependientes para su realización, por lo tanto, el respeto, garantía, protección y promoción de uno de los derechos impactará en el otro (s) y viceversa (Vásquez, 2011). La interdependencia es la unidad de los derechos que forman un conjunto, todos los derechos se encuentran unidos en una sola construcción inseparable, no jerarquizada; la indivisibilidad implica la gradualidad como progreso en dirección al mejoramiento de las condiciones de los derechos, creación y disfrute de los derechos; la progresividad conlleva un proceso de contaminación, nutrición y renovación de los derechos humanos producto de su propia expansión a diferentes culturas, ideas y manifestaciones de la opresión que incluya y cobije a todos los sujetos de derecho posibles es la universalidad (Vásquez, 2011).

CONCLUSIONES

Es evidente la vulneración de los derechos de las personas LGBT en los ámbitos de educación, salud, trabajo y justicia, lugares en los cuales han vivido experiencias de discriminación, exclusión y violencia en entornos públicos y privados, reflejando altos porcentajes de discriminación y violencia en los entornos públicos y altos porcentajes de exclusión en los ámbitos privados. Respecto al reconocimiento de los derechos de igualdad, libertad y protección de las personas LGBTI se plasman recién en la normativa constitucional del 2008 y en el 2014 se sanciona la tortura con la intención de modificar la identidad de género u orientación sexual, el delito de discriminación y el delito de odio, este reconocimiento tardío de los derechos se ha justificado con el desarrollo de perspectivas éticas y teorías de derechos humanos para desconocer, encubrir y reconocer los derechos humanos, así la ética del encubrimiento considera al Otro inferior, rechaza su pensamiento, existencia e individualidad, mientras que, la ética formal, reconoce al Otro en la medida que dicho reconocimiento permita la comunicación, aculturación y apropiación, para finalizar con la ética del reconocimiento que acepta conocer y reconocer la humanidad del Otro como persona con derechos jurídicos y políticos.

Las perspectivas éticas de encubrimiento y formal se conectan a la teoría iusnaturalista que garantiza los derechos de origen natural sin crear derechos humanos y a la teoría positivista que crea derechos humanos a voluntad de los legisladores, por lo tanto, el reconocimiento de los derechos dependerá de su positivización en las normas jurídicas. Mientras que, la ética del reconocimiento se enlaza a la teoría historicista y relativista que refiere la variabilidad y relatividad del reconocimiento de los derechos humanos en el tiempo, según las épocas y culturas, para culminar con la teoría crítica de los derechos humanos que refiere la lucha social por el reconocimiento de la dignidad y de los derechos humanos de las personas por el hecho de ser persona, sin dependencia del origen natural de los derechos o creación de los derechos por voluntad de los legisladores o por el reconocimiento de los derechos humanos según el tiempo, las épocas y culturas.

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Conflicto de intereses

La autora declara no tener ningún conflicto de intereses.

Declaración de responsabilidad de autoría

Yo, Gabriela Dennice Sánchez Velásquez, autora del manuscrito señalado, DECLARO que he contribuido directamente a su contenido intelectual, así como a la génesis y análisis de sus datos; por lo cual, estoy en condiciones de hacerseme públicamente responsable de él y acepto que mi nombre figure en la lista de autores en el orden indicado. Y que se han cumplido los requisitos éticos de la publicación mencionada, habiendo consultado la Declaración de Ética y mala praxis en la publicación.

Investigación y redacción del artículo: Gabriela Dennice Sánchez Velásquez.